La estabilidad de los jueces
La remoción intempestiva del Dr. Luis María Cabral como Juez de la Sala I de la Cámara de Casación, el más alto Tribunal del fuero penal del país, pone en ejecución un nuevo intento del oficialismo para someter al Poder Judicial y crear un sistema adicto al gobierno, tras el fracaso de las leyes de la denominada “democratización de la justicia”, que son inaplicables por inconstitucionales, según estableció la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Como parte de un plan tramado con el propósito de controlar las investigaciones en curso, el gobierno intenta por todos los medios construir una legalidad funcional al exclusivo propósito de domesticar la Justicia y lograr impunidad, mientras no trepida en desplazar sin fundamentos a jueces independientes, para arrogarse el manejo de causas en curso, por jueces adictos.
Con la sanción de una reciente Ley de Subrogancias 2.7145 se autoriza la cobertura por seis años de innumerables vacantes en la Justicia Federal, con conjueces elegidos de listados aprobados por una circunstancial y simple mayoría de los siete miembros que le responden en el actual Consejo de la Magistratura.
La norma facilita al gobierno la designación de jueces subrogantes sin contar con los dos tercios de ese organismo, mayoría exigida para aprobar las ternas de candidatos a nuevos jueces. Precisamente dicho exigencia legal permite evitar la cooptación del Poder Judicial por una fracción política o mayoría circunstancia, obligando a abrir negociaciones y a privilegiar la idoneidad por sobre el color político del postulante.
No conforme con ello, y apremiado por los plazos electorales, el Gobierno avanza más allá de la propia Ley 27.145, toda vez que el nuevo texto legal autoriza al Consejo a designar jueces subrogantes cuando existen vacantes, pero en modo alguno autoriza a sustituirlos ni a removerlos. El art. 7º del citado texto legal, es claro al respecto al establecer que los subrogantes “ocuparan el cargo en cuestión hasta que cese la causal que genero su designación”.
Tal como lo consagra nuestro derecho positivo y la jurisprudencia que emana de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, cuyo acatamiento resulta obligatorio para nuestro país, en virtud de tratados con jerarquía constitucional, los jueces subrogantes duraran en sus funciones por todo el tiempo del cometido para el que fueron designados. Esto es, por el período que dure la licencia del titular del Juzgado, hasta finalizar la causa si es por excusación o recusación en su caso, o hasta la designación por concurso del nuevo Juez en caso de vacancia.
La remoción de un Juez, sea este titular o subrogante, solo puede llevarse adelante mediante la promoción del correspondiente juicio político, que acredite su mal desempeño, otorgando al imputado, oportunidad para que ejercite su derecho de defensa.
El desplazamiento del Dr. Cabral por una mera decisión administrativa, constituye un precedente inaceptable que lesiona severamente nuestra organización y diseño constitucional y republicano.
Con este grave episodio institucional el gobierno le está notificando al Poder Judicial, que los jueces pueden ser designados y removidos ahora por simple mayoría, al solo arbitrio de la voluntad omnímoda del oficialismo. Se intenta de este modo no solo cubrir vacantes con amigos del poder, sino disciplinar al conjunto de la Magistratura. Ese órgano ya no selecciona por orden de mérito, sino que ahora directamente designa y remueve al candidato por la simple mayoría de sus miembros.
El principio básico del Juez Natural, que emerge del artículo 18 de nuestra Constitución, resulta abiertamente desafiado, abriendo las puertas de instancias arbitrarias que ponen en riesgo la vigencia de una Justicia independiente.
Desplazar jueces en medio de juicios en trámite, sin juicio político, es facultar a quien gobierna, procurar los fallos a su propia conveniencia. De allí que la estabilidad de los jueces, titulares o suplentes, es un principio innegociable en toda sociedad democrática que aspira a dirimir sus diferencias en forma pacífica y civilizada.
Debemos poner un límite al favoritismo para impedir la manipulación y el predominio de intereses subalternos sobre el interés supremo de la justicia y de la ley, restableciendo el equilibrio, la razonabilidad y el verdadero mérito que debe primar en la integración de los Tribunales de Justicia, como requisitos básicos de la convivencia en democracia, cuya vigencia no puede ser puesta en duda. Ahora estamos convocados al desafío de detener este acelerado proceso de regresión autoritaria en nuestro país.
“Debemos poner un límite al favoritismo para impedir la manipulación y el predominio de intereses subalternos sobre el interés supremo de la Justicia y de la ley”.
Juan Pedro Tunessi fue diputado nacional.