Examen prenupcial
Hace 80 años, en julio de 1935, se estableció en el país la obligación de realizar un examen prenupcial, cuya implementación sería solventada con un novedoso “impuesto a los solteros”.
Fue la comisión de Higiene y Asistencia Social la encargada de generar un despacho referido a profilaxis de enfermedades contagiosas y certificado prenupcial. En el primer caso, y para una mayor divulgación de la educación sexual, se dictarían cursos en escuelas primarias, secundarias, normales y especiales, así como en los acantonamientos navales y militares.
La otra propuesta era la necesida del certificado médico prenupcial, obligatorio al contraer matrimonio civil. La revisación, se dijo, se realizaría en dispensarios abiertos para el caso, “reglamenta- dos por una disposición oportuna”. En rigor, los hombres serían sometidos a “una serena revisación”, mientras que para las mujeres era suficiente “una denuncia de padecer de enfermedades específicas”. Como hecho adicional, curioso, los gastos para solventar estas revisaciones se salvarían con un impuesto aplicado a los solteros, como un camino además para alentar el matrimonio y evitar el celibato.
En 1940, un Congreso de Población planteó la necesidad de fortalecer la raza argentina, para lo cual se hacía imprescindible prohibir el matrimonio para toda enfermedad crónica, contagiosa o hereditaria. Por otra parte, se cuestionó el impuesto a los solteros, argumentando que al imponer una sanción económica a quienes no se reproducían se perdían las razones y circunstancias particulares (esterilidad natural, causas económicas u otras) en aras de estimular el crecimiento demográfico.
El examen prenupcial sigue teniendo vigencia, mientras que la soltería -no gravada- se consolida como una de los estados más apetecidos por hombres y mujeres.