Ratifican la vigencia del fallo que suspende la suba del gas
La Justicia platense rechazó una presentación del Gobierno para que la resolución quede en suspenso hasta que se defina la apelación en la Corte.
La Cámara Federal de La Plata ratificó la vigencia del fallo que suspendió la semana pasada los incrementos en las tarifas del gas, al tiempo que rechazó una presentación del Gobierno nacional, para que la resolución que frenó el aumento en la tarifa del gas permanezca suspendida hasta que se resuelva el recurso de apelación ante la Corte Suprema de Justicia.
En el nuevo fallo, se rechazó un "recurso extraordinario", interpuesto por el ministro de Energía y Minería de la Nación, Juan José Aranguren; la directora general de Asuntos Jurídicos de esa cartera, María Valeria Mogliani y la Subprocuradora del Tesoro, Susana Elena Vega.
La presentación del Ejecutivo tenía por objetivo que la apelación presentada contra el fallo, "proceda en efecto suspensivo", es decir que no se aplique durante el tiempo que demore en resolverse el recurso.
Sin embargo, los jueces de la Sala II de la Cámara, César Álvarez, Olga Calitri y Leopoldo Schiffrin, dispusieron "no hacer lugar al pedido del Estado Nacional para que se le otorgue a la interposición del recurso extraordinario efectos suspensivos".
Los magistrados concluyeron que "la mera interposición del recurso extraordinario por el Estado Nacional, no afecta la fuerza de la sentencia definitiva de esta Cámara, ni suspende su ejecutoriedad, tal como lo ha sostenido esta Sala en los múltiples casos en los que le ha tocado pronunciarse".
El revés judicial contra el aumento del gas comenzó el 7 de julio, cuando la Cámara platense declaró "nulas" las resoluciones del Ministerio de Energía que dispusieron la suba y ordenó "retrotraer" la situación tarifaria "a la existente previamente al dictado" de esas normas.
El fallo surgió tras la apelación que CEPIS, la ONG Consumidores Argentinos y el Estado nacional realizaron a la resolución del Juzgado Federal de Primera Instancia 4 que ordenó convocar a una audiencia pública para debatir con usuarios el aumentos que rigen desde marzo.
Las defensoras de consumidores plantearon la inconstitucionalidad del aumento aduciendo que el Estado no realizó una audiencia pública para informar los cambios, y que con ello "se violó el derecho constitucional a la participación ciudadana".
Por su parte, Estado consideró que la suspensión del aumento, "en caso de aplicarse, causaría un gravamen irreparable" en las empresas que brindan el servicio y sostuvo que es posible realizar un ajuste tarifario sin realizar una audiencia pública previa.
Sin embargo, los jueces estimaron que la audiencia "es un mecanismo de participación ciudadana" y declararon la "nulidad" de las resoluciones de la cartera energética, retrotrayendo el cuadro tarifario a la existente previo a su dictado.
En el nuevo fallo, la Sala II de la Cámara Federal platense rechazó un "recurso extraordinario", interpuesto por el ministro de Energía, Juan José Aranguren.