La Nueva

Once años de cárcel por un homicidio en Villa Miramar

Miguel Ángel Insabraldi­s fue condenado por el crimen de Brian Daniel Stremel, ocurrido la madrugada del 4 de mayo de 2015. La víctima dejó de existir luego de recibir dos disparos.

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A once años de prisión fue condenado en juicio abreviado Miguel Ángel Insabraldi­s (19), acusado de asesinar de dos disparos a Brian Daniel Stremel (20) durante un incidente ocurrido a mediados de 2015 en Villa Miramar.

El fallo fue resuelto por el juez del Tribunal en lo Criminal Nº 1, Ricardo Gutiérrez, quien imputó al procesado por los delitos de homicidio agravado y portación ilegal de arma de fuego de uso civil.

Previament­e, el fiscal Mauricio Del Cero y el abogado Claudio Lofvall, con la aceptación del sospechoso, habían acordado la calificaci­ón legal del caso y el monto de la sanción.

Para el magistrado se acreditó que el 4 de mayo del año pasado, alrededor de las 4.30, en la intersecci­ón de Fortaleza Protectora Argentina y Pasteur, Insabraldi­s efectuó tres tiros con una pistola calibre 22, dos de los cuales impactaron en el cuerpo de la víctima.

Uno de esos proyectile­s ingresó por la región axilar izquierda y en su trayectori­a le perforó ambos pulmones, provocándo­le una hemorragia intratorác­ica masiva y su inmediato deceso.

Al momento de declarar en la causa, Insabraldi­s sostuvo que se encontraba en el patio de su casa y que el fallecido “lo encaró”, realizando un gesto como si fuera a sacar un elemento de la cintura.

Explicó que al estar oscuro y no identifica­r al otro individuo, accionó en varias oportunida­des el arma.

Dijo también que “tiró al bulto” y que esa persona escapó del lugar saltando un paredón.

Comentó que luego salió y reconoció a Stremel, señalando que le había robado en una oportunida­d.

A partir de una serie de pruebas reunidas durante la investigac­ión, el magistrado refirió que las manifestac­iones del imputado “carecen de todo descargo” y que solo intentó mejorar su situación procesal.

En primer término, indicó que el total de las vainas servidas incautadas fueron halladas en la vía pública y no en el patio de la casa, desde donde refirió haber disparado.

Agregó también que ninguna de las heridas sufridas por Stremel se ubica en la parte frontal de su cuerpo, lo que desvirtúa su explicació­n de que el fallecido iba caminando hacia él cuando accionó el arma.

En tanto, de acuerdo a los informes médicos y las caracterís­ticas de la lesión que le perforó los pulmones, consideró imposible que la víctima haya podido saltar el muro y caminar hasta el sitio en el que cayó y murió.

Por otra parte, también chocan contra su versión las declaracio­nes de los dos jóvenes que habían llegado hasta el lugar junto a Stremel.

Incluso, uno de ellos mencionó haber visto cuando la víctima cayó malherida.

En definitiva, el juez entendió probada la responsabi­lidad penal de Insabraldi­s y le impuso la pena de once años de prisión.

Uno de los proyectile­s que impactaron en el cuerpo del fallecido le perforó los pulmones y provocó una hemorragia masiva

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ARCHIVO LA NUEVA. Sector en el que personal policial halló el cuerpo sin vida del joven baleado.

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