La Nueva

Alcanza con una declaració­n testimonia­l

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Al responder al argumento de la defensa, sobre una supuesta “insuficien­cia probatoria”, la Cámara Penal aludió a fallos del Tribunal de Casación Provincial.

Se explicó, en esa línea, que el juez debe expresar su convicción sincera sobre los hechos, sin la necesidad de que exista un medio de convicción “determinad­o” para acreditar los hechos y la autoría.

“Bien puede hacerse con tan solo un testimonio”, afirmaron, a partir de la libertad probatoria existente en el proceso penal actual, siempre respetando las reglas de la sana crítica.

“Estos indicios, que tienen una entidad cargosa individual, son recíprocam­ente vinculante­s, los que me convencen en que la probable coautoría responsabl­e de los encausados cuenta con elementos de convicción más que suficiente­s para soste- nerse”, resolviero­n los camaristas en el caso bajo análisis.

También tuvieron en cuenta la pena en expectativ­a (prisión perpetua) y la gravedad del hecho. Se trató de un homicidio criminis causa (matar para preparar, facilitar, consumar u ocultar otro delito y procurar impunidad)

Por último, se valoró la pluralidad de intervinie­ntes, la nocturnida­d, la violencia desplegada y la edad avanzada de la víctima.

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