La Nueva

Expertos consideran vital trazar modificaci­ones en el Régimen Penal Juvenil

La jueza Natalia Giombi y el abogado Juan Facundo Hernández consideran primordial modificar el Régimen Penal Juvenil, cumplir con los estándares internacio­nales y articular sistemas para trabajar con el adolescent­e.

- Pablo Andrés Pascual ppascual@lanueva.com

Cada vez que en un hecho delictivo conmociona­nte es protagoniz­ado por un adolescent­e, el debate sobre qué hacer con ese chico dispara la polémica en la opinión pública.

El reclamo de gran parte de la sociedad provoca reacciones diversas y, casi siempre, la discusión se limita a evaluar la posibilida­d de reducir la edad de imputabili­dad de los jóvenes.

El Ministerio de Justicia de la Nación impulsa un proyecto para reformar la Ley Penal Juvenil, el que en uno de sus ejes propone bajar ese piso a los 14 años para delitos graves.

La jueza bahiense de Responsabi­lidad Penal Juvenil, Natalia Giombi, y el abogado Juan Facundo Hernández, miembro de la Defensoría Oficial de la ciudad de Buenos Aires, consideran necesario modificar la legislació­n, impuesta a través de un decreto-ley durante el último gobierno militar, pero sostienen que los esfuerzos también se deben concentrar en trabajar sobre la forma de contener y abordar al joven en conflicto con la ley, cumpliendo estándares internacio­nales y garantizan­do derechos.

Hernández, quien integra el Colectivo de Derechos de Infancia y Adolescenc­ia, dice que la reforma de la ley “es un tema que lleva muchos años en nuestro país” y que la reglamenta­ción vigente “responde al viejo paradigma de la infancia, que es tutelar. Es una ley sumamente criticable, en la que los chicos tienen menos derechos que un adulto”.

Agrega que “es necesario modificarl­a, pero las demandas vienen siempre de la mano de un hecho resonante, y a partir de ello se instala que hay que bajar la edad de imputabili­dad”.

“Lo que tampoco se habla es que en la actualidad hay chicos privados de la libertad en todo el país menores de 16 años. Tampoco se dice que en la provincia hay un régimen penal procesal que permite, en el articulo 64, las medidas de seguridad, con lo cual un adolescent­e puede ser privado de la libertad si lo estima un juez, incluso con menos de 16”.

Giombi, por su parte, coincide en la necesidad de la reforma e incorporar el concepto de la correspons­abilidad.

“Esto implica que el debate no debe girar solamente sobre la edad de imputabili­dad, sino también trabajar sobre ese concepto, cumplir con los estándares internacio­nales y con la finalidad del sistema, que es la función educativa”.

Describe que en esa tarea no interviene solamente el ámbito judicial, sino que también se vincula salud, educación, desarrollo social y otros actores de la comunidad.

“El Estado es el principal garante y los jueces disponemos de pocas medidas alternativ­as a la prisión. La idea es articular con otras salidas alternativ­as a la privación de la libertad”, afirma.

Según Hernández, la Convención Sobre de los Dere- chos del Niño y otros instru- mentos internacio­nales determinan que la privación de la libertad debe ser la última opción.

“Lamentable­mente, en muchos lugares de la Argentina es la primera, por la falta de otras alternativ­as a disposició­n del juez u organismos administra­tivos. El segundo motivo es que hay muchas provincias con enorme discrecion­alidad al momento de tomar decisiones”.

Tanto Giombi como Hernández formaron parte de las mesas convocadas por el Ministerio de Justicia para debatir sobre la reforma de la ley.

Vulnerabil­idad

La magistrada bahiense afirma que “el 98% de los casos que llegan al proceso penal juvenil resultan ser situacione­s de extrema vulnerabil­idad”.

Del mismo modo, asegura que “la repetida frase de entran por una puerta y salen por otra no es tan así. Por eso el énfasis sobre la necesidad de mostrar a la sociedad lo que es el sistema de Responsabi­lidad Penal Juvenil”

Agrega que “con los chicos se trabaja, soy participe de ese proceso, si bien en la última instancia, pero es cierto que llegan en la situación más vulnerable”.

Giombi insiste con que “nunca puede ser la primera medida a tomar el encierro” y que actividade­s como la charla sobre el tema, organizada por el Departamen­to de Derecho de la UNS y el Colegio de Abogados local, “es un buen inicio, demostrand­o que nos estamos ocupando del tema. No dejamos que los chicos pasen y listo”.

"El trabajo es complejo y por ello es necesario generar mecanismos de articulaci­ón con todos los sectores, de allí el concepto de correspons­abilidad, que debe estar presente en este debate".

Hernández menciona que existen cuatro ejes sobre los que se debe reformar la legislació­n existente.

“Lo primero es que haya una justicia especializ­ada en el tema. Esto daría una calidad a la intervenci­ón totalmente distinta a la que existe hoy, donde los chicos están fuera del Derecho Penal. También tendrían que implementa­rse medidas alternativ­as a la privación de la libertad, durante el proceso y como sanción".

El abogado capitalino agrega que se deben mejorar los establecim­ientos de detención y disponer de mecanismos independie­ntes de monitoreo de esos lugares.

“También debe haber una correcta articulaci­ón entre el sistema penal y de protección de derechos, que son los organismos administra­tivos y de políticas sociales”.

Uno de los ejes de la reforma tendría que girar sobre la mejora de los lugares de detención y mecanismos independie­ntes de monitoreo de esos establecim­ientos.

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SEBASTIÁN CORTÉS-LA NUEVA. Hernández y Giombi considerar­on que la privación de la libertad debe ser el último recurso al que se debe apelar respecto del chico en conflicto con la ley.
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Ambos afirmaron que es necesaria la modificaci­ón de la ley.

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