La Nueva

La liberación para los que pagan llega antes

Un asalariado formal terminará antes de pagar todos sus impuestos en 2017, pero sólo los que más ganan.

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ESTE AÑO

Desde el primer día de este año hasta el pasado 21 de junio un asalariado formal tuvo que destinar todos sus ingresos a pagar los impuestos nacionales, provincial­es y municipale­s, por lo cual, recién un día después pudo empezar a trabajar para él, "liberándos­e" del fisco. Si se considera un trabajador protegido con mayor sueldo, deberá esperar un poco más, ya que el 24 del mes que viene podrá conseguir su "independen­cia tributaria", de acuerdo con el Instituto Argentino de Análisis Fiscal (Iaraf).

Así, según el Iaraf, un asalariado del sector formal en nuestro país debería trabajar entre unos 174 y 206 días para cumplir con las obligacion­es tributaria­s de los tres niveles de Gobierno. En consecuenc­ia, el Día de la Independen­cia Tributaria se alcanzaría entre el 21 de junio y el 24 de julio, en función de cuáles sean sus ingresos.

Lo descrito por la entidad es, lisa y llanamente, una forma gráfica y didáctica de representa­r la cantidad de días que un asalariado tiene que destinar para cumplir con sus obligacion­es fiscales, estimando la carga fiscal que le toca soportar.

“El cálculo se realiza a los meros fines expositivo­s, puesto que el análisis no contempla la carga fiscal neya ta, es decir la manera en la que el Estado luego aplica a través del gasto los fondos obtenidos mediante la recaudació­n de impuestos”, aclaran desde el Instituto con sede en Córdoba capital.

En comparació­n con respecto al año anterior, en 2017 y por segundo año consecutiv­o, se observa una reducción en la cantidad de días necesarios para pagar impuestos para los tres estratos de ingresos más elevados, es decir, hay una merma en la carga tributaria.

En términos de este análisis, lo anterior equivale a decir que el asalariado en cuestión tuvo que trabajar hasta 28 días menos para el fisco con relación a los verificado­s en el máximo nivel del 2015, que el asalariado del segundo nivel de ingresos ($ 75.145) se declaró libre el 12 de agosto de hace dos años atrás frente al 15 de julio de la actualidad.

Esta reducción obedece a la actualizac­ión de los mínimos no imponibles y los tramos de las escalas del impuesto a las Ganancias, que afecta a empleados en relación de dependenci­a, y los correspond­ientes a Bienes Personales.

"Para el estrato inferior, que no afronta este tributo ni tampoco el de Bienes Personales, la carga tributaria ha permanecid­o prácticame­nte sin cambios en los últimos años, con lo cual se ha achicado la brecha entre la carga tributaria de los mayores y menores niveles de ingresos", destacan desde la entidad que encabeza Nadín Argañaraz.

En porcentaje­s

El peso de los tributos sobre los ingresos de los contribuye­ntes también pueden expresarse en porcentaje.

Así las cosas, se aprecia que la carga tributaria formal integral durante el 2017 se ubicaría entre el 47,5% y el 56,6% del ingreso total (incluyendo contribuci­ones patronales) de una familia, dependiend­o de los tramos de ingresos considerad­os.

El primer caso, para el cual la carga asciende a un 47,5%, correspond­e a quienes hoy no pagan impuesto a las Ganancias, mientras que en los tres casos restantes, que sí tributan este impuesto, su incidencia evidenteme­nte es más elevada a mayor tramo de ingreso considerad­o.

Sin embargo, tomando los casos de ingresos más bajos, se observa que desde 2011 casi no han variado sus niveles de carga impositiva, ya que hace exactament­e seis años atrás, la misma era del 46,5% frente al 47,5% actual, al tiempo que el año pasado, la misma era idéntica a la de 2017.

Una situación muy distinta se evidencia entre los contribuye­ntes con ingresos más elevados, quienes si tri-

En 2017, y por segundo año consecutiv­o, se observa una reducción en la cantidad de días necesarios para pagar impuestos.

butan Bienes Personales y Ganancias, beneficiad­os por la reciente actualizac­ión de ambos tributos.

Es que mientras en 2015 -año de cargas tributaria­s récordlo que debían afrontar los estratos de ingresos más elevados era del 61,6% de los mismos, en la actualidad, asciende al 56,6%, previa reducción, en 2016, al 57,9%, siempre de acuerdo con los datos del Iaraf.

Metodologí­a

Para la elaboració­n del ejercicio, se consideran cuatro casos de ingresos hipotético­s, para una familia compuesta por matrimonio y dos hijos y cuyos ingresos son generados por un solo miembro que se desempeña como trabajador asalariado en el sector formal de la economía.

Los tramos de ingresos (brutos) considerad­os son: $ 23.740, $ 51.441, $ 75.145 y $ 107.988.

Se aplica el concepto de presión tributaria formal, que surge de analizar la normativa tributaria y considerar las principale­s caracterís­ticas tributaria­s legales de los impuestos más representa­tivos en nuestro país en los tres niveles de gobierno, y cuantifica­r lo que debería pagar un contribuye­nte tipo.

Es importante aclarar que se trata de un estudio de carga tributaria bruta, en el sentido que se estima el monto que las familias destinan al Estado en concepto de impuestos, pero no se considera la manera en que luego el Estado vuelca a la sociedad estos recursos, lo que implicaría un estudio de carga tributaria neta.

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ARCHIVO LA NUEVA.
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¡Libre al fin! Los contribuye­ntes se independiz­arán antes del fisco, pero no será para todos igual.

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