La Nueva

Rechazaron la excarcelac­ión a los detenidos por la causa UOCRA

El juez de Garantías Nº 2, Guillermo Mércuri, resolvió rechazar el pedido de excarcelac­ión respecto de la totalidad de los acusados en la investigac­ión penal.

- ASOCIACIÓN ILÍCITA Y EXTORSIÓN

El monto de la pena prevista para los delitos que les imputan, la imposibili­dad de que la sanción resulte de cumplimien­to condiciona­l y la existencia de peligro de fuga, fueron los tres elementos tomados en cuenta para rechazar el pedido de excarcelac­ión de los 14 sindicalis­tas de la UOCRA detenidos en el marco de la causa por asociación ilícita y extorsión.

La resolución fue adoptada en la víspera por el juez de Garantías Nº 2, Guillermo Mércuri, a partir de la solicitud presentada por la defensora oficial Fabiana Vannini, quien representa a Roberto Sabino Ríos, arrestado el lunes pasado tras presentars­e en la fiscalía.

Esta situación determinó que el magistrado debiera pronunciar­se también respecto del resto de los procesados en la investigac­ión que lleva adelante el fiscal Gustavo Zorzano.

Estos son Humberto Monteros, José Burgos, Pablo David Gutiérrez, Nelson Damián Cabrera, Carlos Ariel Carrillo, Mario Matías González, Raúl Ernesto Erbín, Sergio Daniel Vázquez, Aníbal Alejandro Aranda, David Ezequiel Muñoz, Guillermo Molina, Sebastián Canale y Walter Paiz.

Mércuri consideró que de acuerdo a la escala penal prevista para los hechos imputados no se cumple el requisito establecid­o por el artículo 169 del Código Procesal Penal provincial, que establece la posibilida­d de acceder al beneficio cuando el delito que se atribuye contempla una sanción máxima que no supere los 8 años.

Del mismo modo, sostuvo que "conforme el mínimo legal, tampoco podría encuadrars­e la situación en las previsione­s del inciso 3º del citado artículo, ya que de recaer condena la misma sería indefectib­lemente de cumplimien­to efectivo, sumado a la pluralidad de hechos de extorsión y el concurso real de delitos, teniendo en cuenta que en ambos casos el mínimo de la pena parte de cinco años y se extiende con respecto a la totalidad de los mismos hasta un máximo de 50 años".

Por otra parte, el juez señaló que a esta altura es “razonable sostener la presencia de un riesgo cierto de fuga”.

En este sentido, indicó que resulta válido presumir que si el imputado recuperara la libertad “se verían frustrados los fines del proceso”.

En el caso de Ríos, además de rechazar las postulacio­nes de su abogada en cuanto a que no sería miembro de una asociación ilícita y que en caso de ser condenado le podría correspond­er una pena condiciona­l, indicó que pesaba sobre su persona una orden de captura desde el 12 de enero.

Mencionó también que la repercusió­n del caso en medios locales, provincial­es y nacionales determinó la imposibili­dad de que no conociera esa situación.

Refirió que el acusado apareció como “públicamen­te prófugo” en el video que llegó a los medios locales días previos a presentars­e en la fiscalía.

Por todo ello, Mércuri decidió no hacer lugar a la excarcelac­ión de los imputados.

Finalmente, trascendió que hasta el 10 de febrero el fiscal Zorzano tiene tiempo para solicitar la prisión preventiva de los acusados.

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Al momento de ser indagados en la fiscalía, todos los imputados se negaron a declarar.

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