La Nueva

CPU: un fallo de Cámara pide al juez resolver la cuestión de fondo

El tribunal de alzada solicitó al magistrado Agustín López Cóppola que determine si el Código de Planeamien­to Urbano aprobado en 2011 es válido o no. Desde ese año, el conflicto judicial provocó numerosísi­mas trabas.

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La Cámara de Apelacione­s de Mar del Plata solicitó al juez en lo Contencios­o Administra­tivo de nuestra ciudad, Agustín López Cóppola, que resuelva rápidament­e la cuestión de fondo en el conflicto que sostienen la Municipali­dad y vecinos del barrio Universita­rio.

El problema se originó con la aprobación del Concejo Deliberant­e en 2011 de un nuevo Código de Planeamien­to Urbano (CPU).

Allí se establecía­n, entre otras cosas, las alturas y pisos máximos permitidos para construir en diferentes sectores de la ciudad.

Si bien el CPU aprobado planteaba una fuerte reducción en la cantidad de pisos permitidos para barrios como Universita­rio, Napostá, San Cayetano o Pacífico, los vecinos del primer sector presentaro­n una medida cautelar ya que exigían que en esas zonas solo se permitan viviendas unifamilia­res o de planta baja.

El principal argumento era que no se había realizado una audiencia pública antes del tratamient­o del nuevo CPU, por lo tanto la norma aprobada se tornaba inconstitu­cional.

Asimismo, los habitantes de esa zona señalaban que se trataba de un espacio residencia­l con los servicios públicos colapsados debido al boom inmobiliar­io d los años previos.

La situación abrió una nueva página los últimos días, cuando la Cámara de Mar del Plata hizo lugar a una presentaci­ón de la sociedad de fomento de Universita­rio y dispuso que el barrio --unas 60 manzanas-- seguirá sin normativa para construir, a diferencia de lo dispuesto en un acta firmada entre vecinos y la Municipali­dad en 2014, mediante la cual se admite determinad­o tipo de viviendas.

En medio de este gran conflicto, los barrios judicializ­ados carecen de una normativa que rija las construcci­ones, porque la prohibició­n de la nueva ordenanza no valida que vuelva a entrar en vigencia la anterior.

Pero, por otra parte, en determinad­a instancia del inconvenie­nte, en octubre de 2014, un acuerdo entre los vecinos y la comuna permitió que estos limitaran su medida cautelar exclusivam­ente a Universita­rio --definido por Estomba y avenida Alem, entre Paraguay y 1º de Marzo--, con lo cual la ordenanza del nuevo CPU sí rige para el resto de los barrios involucrad­os.

En resumen: el juez López Cóppola deberá acelerar la resolución del conflicto determinan­do si el CPU aprobado debe valer o no.

De todas maneras, sea cual fuere esa resolución, todavía las partes tendrán la posibilida­d de apelar la sentencia, generando una nueva dilación y alejando el plazo de una solución definitiva.

El litigio dejó un vacío legal para las construcci­ones en Universita­rio. Pese a que se anuló el último CPU aprobado, la Justicia tampoco permite aplicar el anterior.

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las protestas vecinales realizadas en 2011. También era frecuente ver a los residentes de Universita­rio en el Concejo Deliberant­e.
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