CPU: un fallo de Cámara pide al juez resolver la cuestión de fondo
El tribunal de alzada solicitó al magistrado Agustín López Cóppola que determine si el Código de Planeamiento Urbano aprobado en 2011 es válido o no. Desde ese año, el conflicto judicial provocó numerosísimas trabas.
La Cámara de Apelaciones de Mar del Plata solicitó al juez en lo Contencioso Administrativo de nuestra ciudad, Agustín López Cóppola, que resuelva rápidamente la cuestión de fondo en el conflicto que sostienen la Municipalidad y vecinos del barrio Universitario.
El problema se originó con la aprobación del Concejo Deliberante en 2011 de un nuevo Código de Planeamiento Urbano (CPU).
Allí se establecían, entre otras cosas, las alturas y pisos máximos permitidos para construir en diferentes sectores de la ciudad.
Si bien el CPU aprobado planteaba una fuerte reducción en la cantidad de pisos permitidos para barrios como Universitario, Napostá, San Cayetano o Pacífico, los vecinos del primer sector presentaron una medida cautelar ya que exigían que en esas zonas solo se permitan viviendas unifamiliares o de planta baja.
El principal argumento era que no se había realizado una audiencia pública antes del tratamiento del nuevo CPU, por lo tanto la norma aprobada se tornaba inconstitucional.
Asimismo, los habitantes de esa zona señalaban que se trataba de un espacio residencial con los servicios públicos colapsados debido al boom inmobiliario d los años previos.
La situación abrió una nueva página los últimos días, cuando la Cámara de Mar del Plata hizo lugar a una presentación de la sociedad de fomento de Universitario y dispuso que el barrio --unas 60 manzanas-- seguirá sin normativa para construir, a diferencia de lo dispuesto en un acta firmada entre vecinos y la Municipalidad en 2014, mediante la cual se admite determinado tipo de viviendas.
En medio de este gran conflicto, los barrios judicializados carecen de una normativa que rija las construcciones, porque la prohibición de la nueva ordenanza no valida que vuelva a entrar en vigencia la anterior.
Pero, por otra parte, en determinada instancia del inconveniente, en octubre de 2014, un acuerdo entre los vecinos y la comuna permitió que estos limitaran su medida cautelar exclusivamente a Universitario --definido por Estomba y avenida Alem, entre Paraguay y 1º de Marzo--, con lo cual la ordenanza del nuevo CPU sí rige para el resto de los barrios involucrados.
En resumen: el juez López Cóppola deberá acelerar la resolución del conflicto determinando si el CPU aprobado debe valer o no.
De todas maneras, sea cual fuere esa resolución, todavía las partes tendrán la posibilidad de apelar la sentencia, generando una nueva dilación y alejando el plazo de una solución definitiva.
El litigio dejó un vacío legal para las construcciones en Universitario. Pese a que se anuló el último CPU aprobado, la Justicia tampoco permite aplicar el anterior.