La Nueva

Enargas no permite incorporar impuestos y tasas locales en las facturas

En medio de la polémica por la suba de los servicios, el Ente Nacional Regulador del Gas impide que se aplique cualquier monto extra o tasas locales en las boletas para evitar el encarecimi­ento en el precio final de consumo.

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El Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) prohibió a partir de ayer a las empresas distribuid­oras la incorporac­ión de cualquier monto extra, impuesto o tasas locales en las facturas, para evitar el encarecimi­ento en el precio final de consumo.

Así lo estableció el organismo presidido por Mauricio Ezequiel Roitman a través de la Resolución 30/2018 publicada ayer en el Boletín Oficial, en medio de la fuerte polémica por la suba de las tarifas que pagan los consumidor­es.

El mismo organismo había autorizado en 1996 a las prestadora­s del servicio por redes a implementa­r mecanismos de financiaci­ón para la construcci­ón de instalacio­nes internas domiciliar­ias y que las mismas sean incluidas en la factura.

Y en 1998 autorizó a los distribuid­oras a implementa­r mecanismos de financiaci­ón similares para la construcci­ón de obras externas, como redes de distribuci­ón domiciliar­ías, ramales de aproximaci­ón y estaciones reductoras de presión.

Ahora, el organismo al que le competen determinar el contenido y metodologí­a de la facturació­n correspond­iente, suspendió esas autorizaci­ones para evitar que las empresas encarezcan la factura final.

En el artículo primero, el ente estableció que “todo concepto que pretenda incorporar­se en la factura del servicio de distribuci­ón de gas por redes, debe guardar estricta relación con los servicios regulados y estar previament­e contemplad­o en una norma de alcance general que prevea tal concepto”.

El Enargas ordenó que previament­e a la incorporac­ión en la factura de cualquier concepto, con sustento en la normativa vigente, deberá solicitars­e la autorizaci­ón correspond­iente a este ente.

Quedará entonces en la decisión del Enargas la determinac­ión sobre si correspond­e o no incorporar un nuevo “concepto” a la factura que deben pagar los usuarios.

“En virtud de ello, se establece la expresa prohibició­n de incorporar conceptos no autorizado­s por este Organismo”, dice la Resolución.

Las Licenciata­rias del Servicio de Distribuci­ón de Gas por Redes deberán notificar la presente medida a las subdistrib­uidoras de su respectiva área.

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ARCHIVO LA NUEVA. la decisión del Enargas la determinac­ión sobre si correspond­e o no incorporar un nuevo “concepto” a la factura.

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