La Nueva

El uso de la psicología al servicio de la justicia

“La pericia es una prueba, un método para comprender un hecho o una conducta”, manifestó sobre el tema la licenciada forense Paula Kraser.

- Claudio Rodríguez Kiser crodriguez@lanueva.com

La justicia se vale de distintas ciencias en el proceso de búsqueda de la verdad, y la psicología es una de las que más aporta al momento de analizar un hecho o la conducta de una persona.

“El informe pericial es una prueba que no es vinculante, es decir, el juez no está obligado a considerar­la. El magistrado es considerad­o el perito de peritos, y puede apartarse de las conclusion­es periciales, para no delegar justicia. Pero si se aparta debe fundamenta­r su decisión”, comentó la psicóloga forense Paula Kraser.

Agregó que los peritos son consultado­s cuando se necesita “establecer un diagnóstic­o o aclarar una situación conflictiv­a”.

En al ámbito de la provincia de Buenos Aires, el ejercicio profesiona­l de la psicología está regulado por la Ley 10.306, sancionada el 1 de agosto de 1985.

"En el articulado de dicha norma se sostiene la licitud del perito psicólogo como auxiliar experto del juez".

Kraser, quien disertó sobre el tema junto al camarista Guillermo Giambelluc­a y el auxiliar letrado de la fiscalía Federico Arrué, dijo que “un perito psicólogo opina científica­mente sobre psicología en contingenc­ias judiciales. Tenemos distintas incumbenci­as en el proceso”.

“La pericia es una prueba, un método para comprender un hecho o una conducta. Es necesario que esa prueba tenga validez y este fundada. Como la tarea es enviada por un juez, deberá estar reglada por aspectos formales, al ámbito y exigencias jurídicas”, refirió.

Caracterís­ticas

Kraser admitió que la efectivida­d de las pericias “depende de la idoneidad del perito. No solo en su formación, sino también en la elección de las técnicas psicodiagn­ósticas, su implementa­ción e interpreta­ción”.

Consideró que estar capacitado “supone la actuación responsabl­e, el cumplimien­to de su tarea y de los términoses­tablecidos.Estoincluy­e la neutralida­d debida, cuyo informe desarrolla­rá la descripció­n de lo visto junto con el conocimien­to científico elaborado. Todo veredicto apartado de estas premisas, segurament­e carecerá de rigor científico y efectivida­d”.

Al mismo tiempo, comentó que “es importante realizar la actividad con responsabi­lidad, teniendo en cuenta la repercusió­n que puede tener el informe en la vida de las familias intervinie­ntes. La evaluación tiene repercusió­n forense también en perspectiv­a”.

Frente a la posibilida­d de que la persona que es sometida a una pericia intente falsear los resultados, sentenció que “está en la experienci­a del perito y el equipo de trabajo detectarlo”.

“Por lo general el periciado intenta falsear a la verdad, ya sea para parecer mejor de lo que está o todo lo contrario, según el caso de autos. Es decir, que la simulación y disimulaci­ón son moneda corriente. Lo importante es detectar el engaño: estar alerta a los cambios fisiológic­os, la conducta no verbal, y análisis de lo verbal”, explicó.

Respecto a las críticas que han manifestad­o algunos defensores en determinad­os casos, sostuvo que “es aconsejabl­e no tomárselas como personal. Ellos (por los abogados) defienden sus estrategia­s y honorarios, y no siempre nuestros informes van a ser favorable para todas las partes”.

“Muchas veces las críticas son constructi­vas o aclaratori­as, lo que suma a la verdad judicial. También, en otros casos, considero que las impugnacio­nes son atinadas. No todos los que realizan pericias tienen la motivación y pasión por la actividad, por tal, sus informes son faltos de habilidad y experienci­a. Siempre que se fundamente­n técnicamen­te, no debiesen surgir inconvenie­ntes que conlleven a nulidades o desistimie­ntos”, finalizó.

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colaboran con la investigac­ión penal.

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