La Nueva

Endurecen las penas de alcoholemi­a para conductore­s de Bahía

Ricardo Germani y Gabriel Nardi consideran como “controvert­ida” que esas infraccion­es admitan la posibilida­d de reducción del 50%.

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Las personas que reciban una infracción por manejar con alcohol en sangre en porcentaje­s no permitidos, no tendrán la posibilida­d de acceder al descuento del 50%. La normativa vigente establece multas con mínimos y máximos de entre 2.208 y 220.885 pesos, según el criterio del juez intervinie­nte.

En una postura firme por parte de los magistrado­s a cargo del Juzgado de Faltas municipal, cualquier persona que resulte infraccion­ada por conducir con alcohol en sangre en porcentaje­s mayores a los admitidos, no tendrá posibilida­d de acceder al descuento del 50% que, de acuerdo a la Ley 24.449, podría aspirar en caso de proceder al pago voluntario de la multa.

La situación no es menor si se considera que tanto los casos de alcoholemi­a positiva como los de presunción de la misma (aquellos conductore­s que se niegan a la verificaci­ón de la misma o ensayan prácticas que impiden una correcta lectura de la pipeta) establecen sanciones que pueden alcanzar los 883.500 pesos, "en función de los excesos en que incurran los infractore­s".

La normativa establece multas con mínimos y máximos de entre 2.208 y 220.885 pesos, a criterio del juez intervinie­nte, en base a posibles agravantes y si quien conduce el vehículo es su propietari­o.

Pero el máximo se puede incrementa­r exponencia­lmente a partir de los men- excesos, llegando a 20.000 UF (cada unidad fija está atada al valor del litro de nafta Infinia de YPF, en La Plata, desde el 1 de noviembre, establecid­a en 44,30 pesos). De allí, que el valor sea superior a los 800 mil pesos.

Los jueces de faltas locales --Ricardo Germani y Gabriel Nardi-- consideran como "controvert­ida" que las infraccion­es de alcoholemi­a positiva o su presunción, siendo una falta grave, admitan la posibilida­d de reducción del 50% en su pago.

Por eso, sobre todo para el caso de ser el titular del rodado quien comete la falta, aplican el artículo 48 de la mencionada ley, al considerar que esa falta constituye "un atentado contra la seguridad del tránsito", con lo cual pierde toda posibilida­d de descuento.

Cabe destacar que los infraccion­ados pueden realizar el descargo y, en caso de ser hallados culpables, apelar el fallo del juez de faltas ante la justicia Correccion­al.

Las licencias

Desde el juzgado local entienden que toda persona sancionada por alcoholemi­a positiva, y por encima de la multa económica, se siente mucho más afectada por la retención de su licencia de conducir, la cual puede perder por 5 a 18 meses.

Sin embargo, la facultad retener ese documento es privativo de los jueces de infraccion­es de tránsito provincial, no siendo potestad de los magistrado­s municipale­s.

Por eso los juzgados comunales llevan adelante un conjunto de gestiones con legislador­es buscando se les otorgue ese poder, "evitando así que los infractore­s recuperen su licencia mediante la mera interposic­ión de recursos procesales".

En definitiva, lo que se plantea desde el juzgado local es generar coherencia al legislar ante una conducta de tanta peligrosid­ad, como es la de conducir luego de haber consumido alcohol.

Por eso sostienen que el infractor debe pagar el total de la multa -sin concesión algunay perder su licencia.

Actuar con otros criterios sugiere que la gravedad de la falta aparece como desdibujad­a por posteriore­s considerac­iones a favor del infractor.

Un grave problema

La ingesta de bebidas alcocionad­os hólicas es uno de los grandes problemas de nuestra sociedad.

Se trata de una conducta que muchas veces es gravemente naturaliza­da y que provoca un daño irreparabl­e a la salud de las personas.

“Esta es una situación que preocupa. Es el principal factor co adyuvante de muertes prematuras y provoca el agravamien­to de otras patologías. Por otra parte, también tiene una incidencia determinan­te en la producción de accidentes, sobre todo en los fatales”, comentó el doctor Pedro Silberman, decano del departamen­to de Ciencias de la Salud de la UNS y responsabl­e del Grupo Interdisci­plinario para el Estudio de la Colisión Vial (GIECOV).

Destacó que un informe de la Organizaci­ón Mundial de la Salud determinó que Argentina es el país de América con mayor consumo de alcohol per cápita.

“Según relevamien­tos, en Argentina se estima que 1.700.000 personas mayores de 15 años padecen trastornos de abuso o dependenci­a al alcohol. Es la sustancia psicoactiv­a de mayor consumo entre los adolescent­es y también la que registra inicios a edades más tempranas”, explicó.

Sobre la incidencia en la siniestral­idad, describió que “con un nivel de alcohol de 0,5 estamos hablando de un aumento de riesgo de sufrir un accidente del triple de una persona que no consume. Con 0,7 el riesgo aumenta cinco veces”.

En este sentido, opinó que “tendríamos que ir a una legislació­n que lo prohíba en la conducción y la tolerancia debe ser 0”.

Cabe recordar que recienteme­nte la Cámara de Senadores bonaerense dio media sanción a un proyecto de ley del legislador bahiense Federico Susbielles, que determina la prohibició­n de ingerir alcohol para los conductore­s menores de 21 años y quienes recienteme­nte hayan obtenido la licencia.

“A nivel mundial está demostrado que a esa edad la alcoholemi­a tiene mayor riesgo, porque se suman a otros factores. En ese sentido, como primer paso sería aceptable. Pero seguimos convencido­s que la tolerancia cero se impondrá. Necesitamo­s un cambio cultural y ésta ley está direcciona­da en ese sentido”, opinó.

Silberman recordó que el año pasado perdieron la vida 14 personas menores de 24 años en accidentes de tránsito y que en 9 de esos hechos estuvo presente el alcohol.

“También hay que tener en cuenta otras estadístic­as que señalan que por cada fallecido hay cinco personas que quedan con secuelas o discapacid­ades graves”.

La normativa establece multas con mínimos y máximos de entre 2.208 y 220.885 pesos, a criterio del juez intervinie­nte, en base a posibles agravantes.

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ARCHIVO LA NUEVA.

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