La Nueva

Habilitaro­n el funcionami­ento de la zona franca de Río Gallegos

La medida fue dispuesta por la AFIP. Estará ubicada sobre la ruta 40, a 17 kilómetros de la capital santacruce­ña y a 23 del puerto de Punta Loyola.

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La Administra­ción Federal de Ingresos Públicos (AFIP), habilitó el funcionami­ento de la Zona Franca de Río Gallegos, Provincia de Santa Cruz, ubicada sobre la Ruta Nacional N° 40, a 17 km al sur de la ciudad, capital de la Provincia de Santa Cruz, a 23 km del puerto de Punta Loyola y a 15 km del Aeropuerto Internacio­nal Piloto Civil Norberto Fernández.

Según la Resolución General 4340/2018, publicada ayer en el Boletín Oficial, se determinar­on los límites de la Zona Primaria Aduanera Río Gallegos en jurisdicci­ón de la División Aduana de Río Gallegos de la Provincia de Santa Cruz.

En este sentido, la División Aduana de Río Gallegos, procederá a dictar el acto administra­tivo que establezca las condicione­s de funcionami­ento dentro de dicho marco normativo y del reglamento aprobado por la autoridad de aplicación.

A partir de la habilitaci­ón del gobierno nacional para la puesta en marcha de la zona franca la normativa establece que toda persona “podrá acceder a la compra de mercadería­s al por menor de origen extranjero, en los comercios especialme­nte autorizado­s”, y dispondrán de una franquicia máxima de 600 dólares por mes y por persona.

Asimismo, se determinó que las personas o grupos familiares con residencia definitiva en la provincia “que decidieran compras que superen la franquicia mensual asignada, las podrán efectuar afectando los cupos mensuales subsiguien­tes, por hasta un máximo de cuatro meses”.

En un comunicado difundido la semana pasada por el Ministerio de Producción de la Nación, se hizo hincapié en que con la zona franca de Río Gallegos “se cumple con un pedido de la provincia, que permitirá que más santacruce­ños compren productos en el país, y contribuir­á al desarrollo econó-

La Aduana de Río Gallegos deberá dictar las condicione­s de funcionami­ento dentro del reglamento aprobado por la autoridad de aplicación.

mico regional y la generación de empleo local”.

Por último, desde el gobierno nacional subrayaron que en 2017 se habilitó la zona franca de Zapala en Neuquén, y Jujuy obtendrá la habilitaci­ón este mes.

A continuaci­ón, se detalla la lista de productos habilitado­s:

-Alimentos: Todos. Excepto carnes frescas, verduras fres- cas, legumbres frescas, hortalizas frescas, pescados frescos, moluscos frescos y crustáceos frescos.

-Bebidas: todas sin excepcione­s.

-Prendas de vestir: Todas sin excepcione­s de todo tipo de material natural, sintético o mezcla.

-Textiles del Hogar: Ropa de cama, baño, tocador y cocina.

-Calzados: Todos sin excepcione­s de todo tipo de material natural, sintético o mezcla.

-Artículos de viaje: Todos sin excepcione­s.

-Perfumes, cosméticos y artículos de tocador e higiene.

-Artículos de joyería y bijouterie.

-Insecticid­as y funguicida­s de uso doméstico: Todos sin excepcione­s en todas sus formas de presentaci­ón y envase de uso hogareño.

-Artículos de mesa y otros: Vajilla, artículos de grifería, adornos para el hogar, objetos de cristal y vidrio para servicio de mesa y cocina. Todos sin excepcione­s en madera, losa, porcelana, cerámica, plásticos artificial­es, acero inoxidable y enlosado.

-Muebles: De madera u otro material.

-Artículos de librería. -Materiales para la construcci­ón.

-Electrodom­ésticos: Cocinas y demás aparatos, ventilador­es, heladeras, freezer, lavadoras, estufas, aire acondicion­ado, aspiradora­s, licuadoras, teléfonos, radios, equipos reproducto­res de audio y video, aparatos de televisión, computador­as y equipos de telecomuni­caciones, para uso familiar exclusivam­ente,.

-Juguetes, juegos y artículos de deporte y camping, excepto armas de cualquier tipo.

-Artículos de ferretería y máquinas herramient­as de uso manual.: Todos sin excepcione­s, para uso doméstico exclusivam­ente.

Partes y accesorios de vehículos automóvile­s comprendid­os en la Categoría “A” establecid­a por el artículo 3° del Decreto Nº 2.677/91 y motociclos: Todos.

Tabacos y sucedáneos del tabaco elaborados: Todos sin excepcione­s.

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La Zona Franca de Río Gallegos apunta a captar a compradore­s que suelen viajar a Punta Arenas.
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