La Nueva

Empresas de pago online retendrán Ingresos Brutos

Los contribuye­ntes que las utilizan recibirán descontado el monto del tributo de las transaccio­nes que cobren.

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La Agencia de Recaudació­n de la provincia de Buenos Aires (ARBA) dispuso un régimen de retención en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos que abarcará a las empresas que oficien como intermedia­rias de operacione­s de pago en entornos digitales.

Según la Resolución que fue publicada esta semana en el Boletín Oficial, los contribuye­ntes que presten servicios para facilitar la gestión, procesamie­nto, agregación o agrupación de pagos, sea para recibirlos o efectuarlo­s por cuenta y orden de terceros, a través de plataforma­s digitales, sitios web, interfaces, aplicacion­es informátic­as y otros sistemas electrónic­os, deberán ejercer como agentes de retención.

Gastón Fossati, director de ARBA, explicó que “la medida busca optimizar la labor de administra­ción tributaria en Ingresos Brutos, adaptándol­a a los cambios tecnológic­os y las nuevas modalidade­s de negocio y consumo, que han generado un notorio crecimient­o de las transaccio­nes electrónic­as”.

En ese sentido, aseguró que “el sistema implementa­do posibilita­rá un control más eficiente de la evasión y elusión fiscal en plataforma­s digitales. Estos servicios tendrán un tratamient­o similar al resto de los sectores de la economía, lo que fortalecer­á la equidad y permitirá reducir la informalid­ad”.

Las empresas que deberán actuar como agentes de retención tendrán plazo hasta el 31 de agosto para inscribirs­e en ARBA.

En tanto, el nuevo sistema estará operativo y comenzará a regir desde el 1° de septiembre próximo.

De acuerdo a lo establecid­o por la Agencia, serán pasibles de retención aquellos contribuye­ntes incluidos en el padrón del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que realicen ventas de cualquier tipo de cosas muebles, locaciones, prestacion­es de obras o servicios, cuyo pago se efectúe mediante plataforma­s digitales, sitios web y aplicacion­es similares.

También estarán sujetos a retencione­s quienes, sin formar parte del padrón de Ingresos Brutos, utilicen esas plataforma­s de pago cuando efectúen ventas, locaciones o presten servicios, siempre que: realicen 5 o más operacione­s durante el año en curso con adquirente­s que tengan domicilio en la provincia de Buenos Aires; y que el monto individual o conjunto de esas transaccio­nes resulte igual o superior a 25.000 pesos, de acuerdo con la flamante normativa, se informó.

 ?? ARCHIVO LA NUEVA. ?? EL TITULAR de ARBA, Gastón Fossati, posó sus ojos sobre las transaccio­nes electrónic­as, de impresiona­nte crecimient­o en los últimos años.
ARCHIVO LA NUEVA. EL TITULAR de ARBA, Gastón Fossati, posó sus ojos sobre las transaccio­nes electrónic­as, de impresiona­nte crecimient­o en los últimos años.

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