Cuarentena: penarían a los infractores con labores en hospitales
BUSCAN QUE SEA EFICAZ LA SANCIÓN A LOS QUE VIOLAN EL AISLAMIENTO
Aquellas personas que incumplieron el aislamiento obligatorio en nuestra ciudad -hoy son más de 1.500- recibirían, según el Código Penal, una sanción de hasta 2 años de prisión, es decir que no irán a la cárcel. Para que la pena sea útil a la sociedad, la Fiscalía Federal evalúa pedir que, una vez superada la cuarentena, hagan tareas comunitarias en hospitales, salas médicas o comedores escolares. Esta medida es independiente de las costas del proceso, que sí tendrán que afrontar los acusados, bajo riesgo -aquellos conductores en falta- de perder sus vehículos.
Como una forma de que la sanción sea útil para la sociedad -a diferencia de lo que puede significar una condena a prisión en suspenso-, la Fiscalía Federal de Bahía Blanca evalúa pedir que todos los infractores al aislamiento social, preventivo y obligatorio paguen con tareas comunitarias.
La medida, que quedará sujeta a la resolución judicial, se tomaría con aquellas personas que queden formalmente imputadas, una vez que avancen los procesos judiciales tras el levantamiento de la cuarentena general.
Es intención del doctor Santiago Ulpiano Martínez alcanzar la suspensión de juicio a prueba (probation) y que los acusados colaboren con el servicio de salud.
"Puede ser más eficaz que realicen tareas comunitarias en el Hospital Penna, la Cruz Roja o en unidades sanitarias. Por qué no ayudar en los comedores. Se los podría dividir en grupos para coordinarlo mejor", opinó.
En menos de 15 días de aislamiento se iniciaron ante la Justicia Federal de nuestra ciudad más de 1.500 causas por violar el decreto 297/2020. Se trata de casos de Bahía y la región.
Esta iniciativa cubriría solo la carga penal del causante que -en caso de ser condenado- también debería responder por las costas del proceso.
Aquellos automovilistas o motociclistas que circusin el permiso respectivo, en medio de la pandemia por el COVID-19, y no tienen los fondos para dar respuesta patrimonial a los daños y perjuicios, podrían llegar a perder definitivamente su vehículo.
Esto último responde a una resolución de la Procuración General de la Nación, a la cual el fiscal bahiense adhirió.
Los bienes podrán, eventualmente, ser decomisados en favor del Estado Nacional o Estados provinciales.
Durante los primeros días de control, los rodados eran secuestrados, aunque la acumulación de los mismos en las distintas dependencias policiales obligó a cambiar la modalidad.
Ahora la policía bonaerense y las distintas fuerzas federales que realizan los controles en la vía pública, en caso de interceptar a un conductor en falta, lo conducen hasta su domicilio para que cumpla la cuarentena y le dejan el vehículo (en carácter de depositario judicial), aunque le retiran el carnet de conducir y el documento de identificación de automotor (cédula verde).
Como ante cualquier delito, la autoridad policial realiza un acta de procedimiento, notifica a los acusados de sus derechos y garantías y de la instrucción de la acción penal, pide sus antecedentes, toma las huellas dactilares y constata el domicilio.
"Esto es muy dinámico. Teníamos una perspectiva de que iba a ir disminuyendo pero, al contrario, fue subiendo (la violación al aislamiento)", sostuvo Martínez.
De hecho, en algunos casos se advirtieron situaciones "más complejas" como atentado y resistencia a los uniformados.
Por el momento la Fiscalía Federal solo realiza el trámite inicial de los expedientes.
Teniendo en cuenta la situación excepcional, que motivó la instauración de una feria judicial, recién después del levantamiento de la cuarentena se avanzará en la resolución de los cientos de casos.
De todas maneras, por el gran cúmulo de expedientes, el doctor Martínez habilitó el jueves como auxiliares de instrucción (medida excepcional) a los secretarios de las fiscalías federales N° 1 Y 2, Rodolfo Murillas y Elisa Trinchín, respectivamente.
La mayoría de las causas tiene que ver con una infracción al artículo 205 del Código Penal, que prevé penas de 6 meses a 2 años de prisión (no es de ejecución efectiva) al que "violare las medidas adoptadas por las autoridades compelaron
tentes, para impedir la in- troducción o propagación de una epidemia".
Aquellos que sí pueden llegar a ir a la cárcel
Más allá de quienes transgredieron el aislamiento obligatorio, están los que incumplieron la cuarentena, es decir aquellos que llegaron desde zonas del exterior críticas por el coronavirus o quienes estuvieron en contacto con los viajeros.
En esos casos la situación puede ser más grave. De prisión efectiva.
En nuestro medio se han reportado alrededor de 20 y, a diferencia de los primeros, ya fueron indagados a través del sistema de videollamada por WhatsApp.
Varios son reincidentes, con lo cual en esos casos podría existir un concurso de delitos, con sumatoria de los máximos de la pena.
Es decir que aquel que reincidió dos veces podría recibir 6 años (sumatoria del máximo del artículo 205 del Código Penal).
En Bahía todavía no se dieron los casos más graves, los previstos en los artículos 202 y 203 del Código Penal, que prevé con hasta 15 años de prisión a quien propagare una enfermedad peligrosa o contagiosa.
"Estamos muy atentos en Bahía a ese tipo de casos, en la medida que avance el virus", admitió el fiscal federal.
En Buenos Aires sí se registraron dos casos de mucha trascendencia: el joven de Moreno que llegó desde los Estados Unidos y concurrió a una fiesta de 15 (incluso falleció su abuelo) y el chico que viajó en Buquebús cuando se había realizado un análisis previo en Uruguay.
Más allá de la probation o pena que reciba, el infractor deberá afrontar el costo económico del proceso.