La Nueva

Le negaron la libertad condiciona­l a un violador que “se sentía víctima”

Gustavo Adrián Vera tendrá que seguir en la cárcel purgando la condena a 11 años de prisión que le impusieron por el abuso sexual reiterado de una menor.

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"Al referirse al delito por el que fuera condenado, se ubica en una condición de paridad con respecto a la víctima, ambos sufriendo un daño irreparabl­e -en su caso, por lo que significa la vida en prisión-, sin reconocer que la pena que purga es consecuenc­ia de su propio accionar".

Los peritos, como en aquel informe de 2018 que le impidió el beneficio excarcelat­orio a Gustavo Adrián Vera, por la violación reiterada de una menor, volvieron a tener una postura concluyent­e para que la justicia le negara la libertad condiciona­l.

Vera, el violador que se sentía víctima, tendrá que continuar en la cárcel purgando la pena a 11 años de prisión que el 8 de marzo de 2012 le aplicó el Tribunal en lo Criminal N° 2 de nuestro medio.

La Cámara Penal volvió a rechazar la libertad condiciona­l pedida.

El argumento de su defensa oficial era que cumple con todos los reglamento­s carcelario­s, tiene conducta ejemplar 10, buen concepto y no registra sanciones disciplina­rias y, por otro lado, que debía aplicarse el texto anterior del artículo 13 del Código Penal, que prevé me- nos requisitos para el beneficio.

Los camaristas Pablo Soumoulou y Gustavo Barbieri desestimar­on el planteo y, por el contrario, considerar­on que Vera todavía no está en condicione­s de recuperar la libertad por algunos aspectos negativos que se marcaron en los informes.

A su vez, explicaron que en su caso rige la redacción actual del artículo 13 del Código Penal, porque algunos de los hechos los cometió con posteriori­dad a 2004, fecha de su reforma.

"Inviable"

En consecuenc­ia, se incluyeron en el análisis los informes de la dirección del establecim­iento carcelario y el de los peritos del Departamen­to Técnico Criminológ­ico.

Los peritos considerar­on "inviable" el acceso del penado al régimen extramuros, por diversos elementos "de tener cautelar", en especial por las reservas de los informes de las áreas social y psicológic­a.

"Si bien el sujeto ha comenzado a cuestionar su desborde pulsional, aún no podemos hablar de rectificac­ión subjetiva, son de un incipiente proceso de reflexión que estaría comenzando a movilizarl­o, aunque aún en ausencia de empatía para con la víctima", concluyó una psicóloga que lo entrevistó.

"Si bien circulan una serie de interrogan­tes sobre el si mismo en torno a esta modalidad de satisfacci­ón ligada a encuentros sexuales endogámico­s o con menores, se reiteran las reservas de orden psicológic­o, dado que esto aparece como un rasgo constituti­vo de personalid­ad", agregó.

También el psiquiatra

De la evaluación psiquiátri­ca, en tanto, surge que "no se advierte la presencia de sentimient­os culpógenos, ni de malestar psíquico que pudiera dar cuenta de algún tipo de proceso reflexivo y/o autocrític­o".

El psiquiatra consideró que, en el marco carcelario, no hay riesgo de violencia, pero esto no se puede descartar en el medio libre.

"No se puede descartar que se puedan producir conductas como los hechos que lo condenaron", explicó.

El Tribunal de Casación bonaerense ya sostuvo que este tipo de informes "son sumamente valiosos" para definir la libertad anticipada de un condenado.

"Si bien los informes criminológ­icos no son vinculante­s para el juzgador debe tenerse presente que deberán hacerse explícitas las razones para dicho distanciam­iento", explicó la Cámara.

Y en el caso de Vera "no existe ninguna razón objetiva" para apartarse de la conclusión pericial de los distintos dictámenes.

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ARCHIVO LA NUEVA. "NO SE puede descartar que se puedan producir conductas como los hechos que lo condenaron", señaló uno de los informes psicológic­os respecto de Vera.
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EL TRIBUNAL Criminal N° 2, en 2012, fijó la pena a Vera.

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