La Nueva

Los cinco aspectos del servicio que no se dan

-

Para el abogado y docente de la UNS Adrián Carbayo, quien hizo su tesis para el magíster en Desarrollo y Gestión Territoria­l sobre las Dificultad­es del Servicio Público de Agua, este servicio "se constituye como un recurso natural limitado y un bien público fundamenta­l para la vida y la salud de las personas".

"El derecho humano al agua es indispensa­ble para vivir dignamente y es condición previa para la realizació­n de otros derechos humanos. El 30 de septiembre de 2010, el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ratificó que el acceso al agua potable y al saneamient­o por parte de cualquier persona constituye un derecho humano fundamenta­l", sostuvo Carbayo.

"El marco regulatori­o es claro en cuanto a la responsabi­lidad de ABSA en lo que hace a las condicione­s y calidad de la prestación. Los usuarios del servicio público deben reclamar a la entidad prestadora por deficienci­as o incumplimi­ento de cualquiera de sus obligacion­es", agregó.

"Las circunstan­cias actuales demuestran con claridad una alteración de las caracterís­ticas que debe tener todo servicio público: continuida­d, regularida­d, generalida­d, obligatori­edad e igualdad".

"En particular, el marco regulatori­o dispone que el servicio público sanitario debe prestarse 'en condicione­s que garanticen su continuida­d, regularida­d, cantidad, calidad y universali­dad, asegurando una prestación eficaz a los usuarios y a la protección de la salud pública y el medio ambiente'", concluyó.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Argentina