Diferencias legales
El tráfico de armas solo es superado por el narcotráfico en volumen de dinero negro que maneja. Lo que decimos es que el tráfico de armas es clave, porque sin ellas no hay narcotráfico”, advirtió.
“Si logramos disminuir, dificultar o erradicar la venta de armas, los narcos no podrían operar, porque necesitan tener el control territorial o realizar acciones de violencia para imponer su presencia”.
En este sentido, Angerosa consideró que “es clave que el Estado trabaje en el problema del uso de las armas de fuego y la sociedad tome conciencia de los riesgos que tiene comprar armas de manera ilegal”.
No a la liberación
Ante manifestaciones y proclamas políticas res- pecto a la liberación de la portación de armas, Angerosa consideró que gran parte de los argentinos no está de acuerdo con esa posibilidad.
“Accedimos a encuestas de opinión donde el 77,3% de los consultados está en contra. Hay un muy pequeño porcentaje que quiere la liberación de la tenencia de armas y eso sería catastrófico para una sociedad violenta como la argentina”.
Destacó que si en este contexto se lleva adelante una iniciativa de este tipo “el resultado es más muertos con armas, más discusiones interpersonales resueltas a tiros u otro tipo de confrontaciones que se resolverían de esta manera”.
“Es claramente lo que pasa en Estados Unidos, donde la portación es libre y hace poco llegaron a los 500 tiroteos masivos, es decir, gente que toma un arma y sale a disparar a lo loco. Por suerte en la Argentina la sociedad tiene conciencia de que no sería una buena medida y no creo que la puedan implementar en caso de que lo intenten”, finalizó.
Tenencia. La tenencia legal de armas habilita a usarla con fines lícitos, transportarla (descargada pero no adosada al cuerpo) y adiestrarse en polígonos autorizados. El tenedor debe llevar la documentación.
Portación. La portación consiste en disponer, en lugar público, de un arma cargada, aunque solo justificada frente a un riesgo inminente o por la función, como policías.
Penas. El Código Penal prevé penas de 6 meses a 2 años de prisión a la tenencia sin autorización. Si fuera un arma de guerra, la pena es de 2 a 6 años. La portación ilegal, en tanto, prevé de 1 a 4 años y de 3 a 6 (arma de guerra).
Abuso. El Código dispone penas de 1 a 3 años al que "disparare un arma contra una persona sin herirla".