La polémica prescripción y el sobreseimiento de un escribano
A Néstor Pie, acusado de falsificar documentos, lo desligaron de la causa por vencerse los plazos de la acción penal.
La prescripción de la acción penal rige cuando el procesado por un delito no recibe sentencia firme en un plazo razonable, según lo marca el Código Penal.
El tiempo de "persecución" del Estado a un acusado vence según el tipo de delito (más pena, más tiempo) pero, salvo en los casos que prevén perpetua (tope de 15 años), no puede superar los 12 años.
Los denominados "tiempos de la Justicia", las maniobras dilatorias o recursivas de las defensas muchas veces atentan contra ese plazo y dejan sin juzgamiento delitos de distinto tenor, no por una cuestión de fondo sino de forma.
Esta situación -que se podría llegar a evitar con una simple reforma legal de ampliación de plazos- se dio en las últimas horas en favor de un escribano de nuestra ciudad acusado de estafa y falsificación de documento público.
Se trata de Daniel Néstor Pie, quien fue sobreseído totalmente, aunque el profesional está imputado en otra causa (que tramita ante la Justicia Federal) por hechos distintos.
La medida, que había sido dictada por la jueza de Garantías Susana Calcinelli, fue confirmada por la Cámara Penal, que rechazó una apelación del fiscal Diego Conti, apoyada por el fiscal general, Juan Pablo Fernández.
En la causa, además de Pie, estaba imputada Mirta Noemí Sánchez, hermana del denunciante, Ricardo Sánchez.
La denuncia se presentó el 17 de diciembre de 2020, cuando Sánchez dijo haber sido víctima del desapoderamiento de los derechos hereditarios, mediante escritura pública, presuntamente firmada en julio de 2008 por su madre y su tía y a favor de su hermana Mirta, ante el escribano Pie.
Se pudo establecer que una de las partes que supuestamente había firmado el acta ya estaba fallecida en esa fecha, con lo cual se les imputaron al escribano y a la mujer que lo contrató los delitos de estafa y falsificación de instrumento público.
Sin embargo, el hecho quedó impune por una cuestión de plazos agotados.
El fallo que confirmó esa posición fue de la Sala I de la Cámara Penal, pero estuvo dividido.
Dos jueces, Pablo Soumoulou y Guillermo Petersen, votaron a favor de la prescripción penal, mientras
Pilar. Pie, con oficina en Sócrates 1461, está relacionado con maniobras defraudatorias por la venta de una serie de lotes en la localidad bonaerense de Pilar, a partir de una denuncia formulada por Eduardo Eder Tarraubella, el 1 de diciembre de 2014.
Maniobra. El denunciante dijo haber sido víctima de la enajenación ilegal de tierras que había mandado a comprar en 1994 a la Cooperativa de Crédito, Consumo y Vivienda Oeste, para desarrollar un gran emprendimiento inmobiliario.
Actos. Sin embargo, al truncarse el proyecto correspondía que le sea devuelta la titularidad de las tierras, pero Tarraubella supo que se realizaron 3 actos de compraventa sobre las mismas. Esas acciones se lograron a partir de designaciones falsas de autoridades de la cooperativa, que habían sido escrituradas ante Pie en Bahía.
Dolo. La Cámara entendió que la omisión del escribano fue "deliberada" y que obró sin el cuidado propio de su función.