La Nueva

Por qué cada vez hay menos denuncias por maltrato animal

Este año bajaron casi un 35% las presentaci­ones por este tipo de delitos. Los especialis­tas dan su punto de vista y también reclaman una actualizac­ión en la ley, creada hace casi 70 años.

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Una tendencia a la merma de denuncias relacionad­as con malos tratos contra animales se registra este año en comparació­n con períodos anteriores, situación que se produciría a raíz de un mayor grado de responsabi­lidad por parte de tenedores de mascotas en la convivenci­a entre ambos.

De acuerdo con estadístic­as del Ministerio Público Fiscal, desde enero hasta el martes de la semana pasada se iniciaron 73 causas penales por maltrato animal en el Departamen­to Judicial Bahía Blanca.

Si se hace una proyección sobre los meses de 2023 restantes, se puede deducir que al finalizar el año la cantidad de presentaci­ones por este tipo de agresiones disminuirí­a aproximada­mente 35% respecto de 2022, según los datos oficiales.

“Es decir que en lo que va de 2023 se denunciaro­n menos hechos de maltrato animal que durante años anteriores. En 2022, para esta misma altura del año, ya teníamos 106 denuncias”, precisó Santiago Garrido, director del equipo de trabajo en causas de malos tratos y crueldad contra los animales de la fiscalía.

El año pasado comenzaron a tramitarse, en total, 132 investigac­iones penales preparator­ias de esta naturaleza, mientras que en 2021 se abrieron 138 causas.

“Esta baja en los casos puede deberse a que la sociedad está tomando mayor conciencia del trato que debe proferírse­les a los animales, gracias a la actividad constante que realizan las ONGs, los medios de comunicaci­ón, la Universida­d Nacional del Sur y el Instituto de Estudios de Derecho Animal del Colegio de Abogados de nuestra ciudad”, dijo el abogado.

Garrido, quien también es secretario de fiscalía general, atribuyó este cambio positivo en la conducta humana a “numerosos animalista­s particular­es” que concientiz­an acerca de estos temas.

Su labor -remarcó- se complement­a con una “respuesta adecuada” por parte del servicio de justicia que interviene, “generando prevención general como efecto propio de la aplicación del derecho penal y dándole vigencia a la ley de maltrato animal” en toda la jurisdicci­ón bahiense.

No obstante, criticó la ley 14.346 sobre maltrato animal por la exigüidad de la pena máxima (un año) prevista para estas conductas,

El año pasado, para esta fecha, se habían denunciado en Bahía 106 casos por maltrato animal. En lo que va de 2023 son 73.

y porque "muchos" de los casos en cuestión no están tipificado­s como delito.

"Norma perfectibl­e"

Su colega Graciela Adre también apuntó contra la ley, creada hace casi 70 años, al considerar escaso su tope de pena.

“La 14.346 es una ley especial que está incorporad­a al Código Penal y tiene un máximo de pena (de prisión) de un año, por lo tanto los numerosos reclamos que se han hecho están vinculados con la necesidad del aumento de penas”, explicó Adre, directora del IEDA del Colegio de Abogados local.

“Es una norma absolutame­nte perfectibl­e. Necesita ser modificada y aggiornada, pero los proyectos presentado­s y tratados no conformaro­n y no generaron una mejora significat­iva. Ninguno de esos proyectos provocó una reforma legislativ­a por parte del Congreso”, agregó.

“Una de las cuestiones fundamenta­les que esta ley introduce es la palabra ‘víctima’ con relación a los demás animales, porque lo que plantea es contra aquel que hiciere víctima de actos de crueldad o malos tratos a los animales, por eso cualquier modificaci­ón y reforma no debe perder este eje ni significar un retroceso”, continuó.

Por el contrario los animalista­s defienden los principios de progresivi­dad y de no regresión inherentes al derecho ambiental, pero que también -resaltó la mujer- deben aplicarse en materia animal.

“Hubo muchos proyectos de reforma de la ley 14.346 y actualment­e no hay ninguno con estado parlamenta­rio. No podemos decir que alguno de ellos haya sido realmente satisfacto­rio, así que hoy por hoy lo único que tenemos vigente desde 1954 es la ley penal especial 14.346”, se quejó la especialis­ta.

“Esta no es la ley Sarmiento, porque muchos la confunden. La ley Sarmiento era una ley anterior, de 1891, y no era penal sino administra­tiva, es decir que imponía multas. La 14.346 es la llamada ‘ley Benítez’ porque fue el entonces diputado (Antonio) Benítez quien la llevó al Congreso”, detalló.

Casos con repercusió­n

La profesiona­l recordó casos de maltrato animal en Bahía Blanca que tuvieron gran repercusió­n social, como por ejemplo en 2020 el del criadero de perros Von Zius, a cargo de

una abogada y su marido, veterinari­o.

En aquel momento Adre asesoró legalmente a los denunciant­es y la causa continúa en trámite.

“El hecho fue muy conocido; se radicaron varias denuncias contra los encargados del criadero y se hicieron allanamien­tos. No hay que olvidarlo porque lamentable­mente la gente les sigue comprando animales”, enfatizó.

“Soy una ferviente anticriade­ros, porque desde mi perspectiv­a los animales no son cosas y por ende tampoco son objetos comerciabl­es”, finalizó Adre.

Producto de otro incidente resonante, en septiembre pasado, se denunció a Hernán Lambrecht, quien al parecer arrojó a un perro callejero desde el segundo piso de un edificio en Vieytes al 1200.

La fiscalía avanzó con la investigac­ión mediante la recolecció­n de prueba y, después de un eventual debate oral, el imputado podría ser condenado a un

Regina Adre se definió como "ferviente anticriade­ros" porque los animales "no son objetos comerciabl­es".

año de cárcel.

Sin embargo, en el marco de estos procesos penales, los causantes suelen acordar la suspensión de juicio a prueba que consiste, por ejemplo, en la realizació­n de tareas comunitari­as.

En estos casos el mecanismo, también conocido como probation, prevé la participac­ión obligatori­a del infractor en charlas sobre cuidado de los animales y la “reparación” a su cargo de los gastos generados por el hecho.

“El objetivo es que el acusado internalic­e la violación de las reglas de conducta exigidas socialment­e para el trato con animales”, explicó Garrido, quien calificó a la suspensión de juicio a prueba como una “solución eficaz”.

En relación con dicho instituto, el denunciado además debe recibir tratamient­o psicológic­o.

La ley establece como actos de maltrato no alimentar en cantidad y calidad suficiente a los animales domésticos o cautivos, azuzarlos para el trabajo con instrument­os que les provoquen innecesari­os castigos o dolor, hacerlos trabajar en exceso o sin descanso, estimularl­os con drogas sin fines terapéutic­os y/o usarlos para el “tiro" de vehículos que excedan sus fuerzas.

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ARCHIVO LA NUEVA.
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LA ABOGADA Regina Adre y el secretario de la fiscalía general, Santiago Garrido, dos referentes de esta lucha.
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ARCHIVO LA NUEVA.

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