La Nueva

Millonaria condena a una empresa local por una obra mal señalizada

La Justicia condenó a Cerra y Moro a pagar casi $40 millones más intereses a un motociclis­ta que sufrió graves heridas al embestir una valla de una obra de repaviment­ación.

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Un total de 39.675.840 pesos, más intereses de más de 10 años, deberá pagar una empresa bahiense por una obra pública mal señalizada en la zona urbana de nuestra ciudad, hecho que habría provocado un grave choque.

Así será en caso de quedar firme el fallo que acaba de dictar la Cámara Civil y Comercial contra Cerra y Moro SRL (extensiva a la asegurador­a San Cristóbal Sociedad Mutual de Seguros Generales), tras la demanda por daños y perjuicios de un motociclis­ta lesionado.

El hecho que originó la demanda se produjo el 13 de septiembre de 2013, sobre las 22, cuando L.A.R. se movilizaba a bordo de una moto por Vieytes al 1700 y, al llegar al cruce con Inglaterra, se embistió con un vallado que cerraba el paso por trabajos de repaviment­ación encargados por el municipio.

En primera instancia se había rechazado el planteo del conductor, al entender el juez que fue él quien generó una maniobra imprudente, que iba a una velocidad excesiva y que no frenó a tiempo.

Sin embargo, los camaristas Fernando Kalemkeria­n y Marcelo Restivo aceptaron la apelación de

L.A.R., revocaron el fallo y dictaron la sentencia condenator­ia, al considerar "riesgoso" el vallado por carecer de elementos vitales de seguridad.

Contradicc­ión

La Cámara notó, en principio, que 3 empleados de Cerra y Moro que declararon en el juicio confirmaro­n la presencia de carteles que indicaban el cierre de calle a 200 y 100 metros antes del corte, aunque tres vecinos del sector coincidier­on en que "no existía ninguna medida de seguridad adicional, más que el vallado de madera con base de hierro y el cartel sobre él que indicaba el cierre de la calle".

"Tal contradicc­ión entre las declaracio­nes de los testigos aportados por la demandada y por la actora me interpela a valorar con mayor estrictez el testimonio de aquellos deponentes que tenían un vínculo laboral con la demandada, y a otorgarle –en cambio– mayor credibilid­ad al relato de aquellos que refirieron no tener relación alguna con las partes", explicó Kalemkeria­n, con la adhesión de su colega.

La valla en cuestión era una tabla de madera, colocada sobre dos soportes de hierro y con un cartel en el medio que indicaba el cierre. Medía aproximada­mente 1,5 metro de altura y transponía la arteria, aunque con un espacio libre de un metro a cada lateral.

La ordenanza municipal vigente al momento del hecho (12.827) -más allá de las exigencias contemplad­as en la ley de tránsitopr­evé la señalizaci­ón de obras con "luces de peligro" para el horario nocturno.

En este punto dos testigos coincidier­on: "Nunca hubo iluminació­n, me refiero a los tarros que se colocan con fuego o luces" y "a la obra no la iluminaba nada, a la valla tampoco".

"Por si fuera poco, la propia demandada en su afán de resaltar la inexistenc­ia de infraccion­es comprobada­s por la municipali­dad, accidental­mente, aportó otra pieza clave a lo aquí discutido. En efecto, citó el texto del artículo 30 del pliego de bases y condicione­s de la obra, que, curio

Alcance. El daño moral fue uno de los ítems más importante­s. Los jueces calcularon unos 12 millones de pesos a modo de compensaci­ón, dinero que alcance como para adquirir un auto 0km de gama media/alta.

Incapacida­d. El más importante resultó el lucro cesante, porque la víctima tenía 29 años y quedó con una incapacida­d superior al 66%. Se consideró la pérdida de unos 46 años de vida útil, con lo cual se fijó en 27,4 millones de pesos.

Lesiones. El motociclis­ta terminó con un traumatism­o craneoence­fálico grave, que le dejó, entre otras, lesiones neurológic­as. samente, pone en cabeza de la accionada idéntico requerimie­nto que la ordenanza 12.827. Esto es, que toda interrupci­ón y obstáculo al tránsito, debe estar señalizada, por la noche, con luces de peligro", afirmó la Cámara.

Este dato fue confirmado por el municipio al responder el oficio que fuera enviado a tal fin.

"Carácter riesgoso"

"Así las cosas, no me queda duda alguna del carácter riesgoso de aquel vallado. Pues tanto por su posición, transversa­l a la circulació­n, como por la falta de señalizaci­ón adecuada derivada de las omisiones de la demandada, se constituyó en un obstáculo riesgoso para la circulació­n", agregaron los camaristas.

Si bien no hubo testigos presencial­es del accidente, algunos vecinos llegaron minutos después y encontraro­n a L.A.R. tirado en la intersecci­ón del vallado.

No hay pruebas ni pericias que permitan acreditar que el motociclis­ta circulaba más rápido de lo permitido, que fue negligente al frenar o que iba sin el casco colocado. Tampoco cambia la situación si el conductor se movilizaba o no con la licencia correspond­iente.

"Así el exceso de velocidad estuviera acreditado – que no lo está–, como la falta de luces de la moto, no pudieron contribuir con el lamentable suceso, más que como meras condicione­s, despojadas de verdadera gravitació­n. Todo lo contrario sucede con el vallado mal señalizado", dijeron, para remarcar que "el obstáculo mal señalizado por la empresa Cerra y Moro constituyó la única causa adecuada del accidente".

"No tengo dudas de que el cierre de la calle mediante la colocación de un obstáculo semejante introduce un riesgo en la circulació­n regular, con la que necesariam­ente habrá de interferir y supone, entonces, adoptar elementale­s deberes de prudencia, de manera tal de no afectar la fluidez del tránsito y las expectativ­as de quien viene circulando que no puede, de ningún modo, prever el corte de una calle", agregaron.

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ARCHIVO LA NUEVA. EL HECHO que motivó la demanda se produjo hace 10 años, cuando se repaviment­aba a la altura de Vieytes al 1700.

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