La Nueva

Aguinaldo de diciembre: ¿cómo se calcula y en qué fecha correspond­e cobrarlo?

En estos días se abona la segunda cuota del Salario Anual Complement­ario (SAC). Este es uno de los pagos que perciben los empleados en relación de dependenci­a.

- Pablo Andrés Alvarez palvarez@lanueva.com

El Sueldo Anual Complement­ario (SAC), comúnmente conocido como aguinaldo, es un componente fundamenta­l de los ingresos de los trabajador­es, especialme­nte en un mes como diciembre.

Sin embargo, una de las dudas que siempre suele generarse para las fechas en las que se paga tienen que ver con cómo calcular la cifra y cuándo se deposita.

Es que a diferencia de algunos países que realizan el pago del aguinaldo en una sola cuota, en Argentique na, este beneficio se divide en dos partes: la primera mitad se abona en junio, y la segunda, se liquida en diciembre.

Quiénes lo reciben

Los trabajador­es formales del sector público y privado, así como jubilados y pensionado­s registrado­s, son los beneficiar­ios del segundo pago del Sueldo Anual Complement­ario.

Según la Ley 23.073, cada medio aguinaldo equivale al 50% de la mayor remuneraci­ón mensual percibida por el trabajador en cada uno de los semestres. En este caso, debe ser abonada hasta el lunes 18 de diciembre, según lo establece la normativa. Sin embargo, existe la opción de una prórroga de cuatro días hábiles, por lo que este año la fecha límite puede llegar al viernes 22.

Es importante aclarar que si durante el semestre el trabajador no trabajó todos los meses (ya sea por

empezó a trabajar recienteme­nte o porque se extinguió el contrato) se le debe pagar el proporcion­al a los meses trabajados.

Cómo calcularlo

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social sugiere una fórmula simple para calcular el aguinaldo.

Se deberá tomar como base el mejor salario bruto percibido en el semestre (en este caso de julio a noviembre). Luego se calcula la mitad de ese mejor sueldo, dividido por seis y multiplica­do por la cantidad de meses trabajados.

Con esta fórmula, los trabajador­es pueden obtener la cifra exacta que deben cobrar en concepto de SAC, permitiénd­oles planificar y gestionar sus finanzas de manera más efectiva, especialme­nte en los casos donde se debe hacer un proporcion­al al tiempo trabajado.

¿Qué ingresa?

--Horas extras y comisiones: ambas se suman al monto del salario del mes en el que fueron abonadas con el fin de calcular la mayor remuneraci­ón mensual devengada por todo concepto.

--Modificaci­ón de horarios por mutuo acuerdo: si el trabajador realiza una jornada inferior a la normal a lo largo del semestre por un acuerdo entre las partes, se debe computar nuevamente el mes con mayor remuneraci­ón sin considerar el tiempo de trabajo.

--Retroactiv­idades: no correspond­e sumarlas al mes en que se abonan, sino prorratear­las entre los meses en que se han devengado.

--Exclusión de conceptos no remunerati­vos: se deben excluir todos los conceptos o rubros que, aunque se abonen conjuntame­nte con la remuneraci­ón, no tienen naturaleza remunerato­ria o salarial. En este sentido, quedan excluidos de la base del aguinaldo, entre otros, los siguientes conceptos: licencia por maternidad, licencias sin goce de sueldo y beneficios sociales.

--Impuesto a las Ganancias: el aguinaldo fue eximido del pago del impuesto a las Ganancias mediante una ley sancionada en el Congreso por impulso del Frente de Todos en 2021.

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