La Nueva

¿Puede desaparece­r la profesión de despachant­e de Aduana tras el DNU?

Tras la medida oficial, el Centro de Despachant­es de Aduana (CDA) recurrió a la Justicia con una acción de amparo y una cautelar.

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Los despachant­es de Aduana enfrentan una situación de "incertidum­bre" e "intranquil­idad" sobre la continuida­d de su profesión a raíz de las modificaci­ones en el Código Aduanero dispuestas por el Gobierno nacional en el Decreto 70/2023.

A causa de esto, el Centro de Despachant­es de Aduana (CDA) decidió ir a la justicia con una acción de amparo y medida cautelar.

La presentaci­ón es contra el apartado de Comercio Exterior (Título V) del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) impulsado por el presidente Javier Milei, el cual, aducen desde el CDA, se presenta una "paradoja de la desregulac­ión" de la actividad del Despachant­e de Aduana, una situación que en la Argentina

afecta a más de 5.000 profesiona­les que desarrolla­n esta actividad.

El DNU "invoca varios objetivos loables, pero concretame­nte respecto de los Despachant­es no dice qué es lo que su régimen tal como estaba resulta perjudicia­l, y mucho menos su urgencia de cambio".

Ello implica "una gran indefensió­n, pues no elimina su profesión, ni su carácter de Auxiliar del Servicio Aduanero (mantiene el art. 36 del Cód. Aduanero), pero reduce la actividad a su mínima expresión y lo deja como un título vacío", advirtiero­n el presidente del CDA, Héctor Gerardo Pardal, y el secretario, Facundo Manuel Álvarez.

En diálogo con Télam, la vicepresid­enta del CDA, Andrea Coscarello, dijo que la intención del Gobierno es "modificar el comercio exterior" con esta normativa.

Si bien reconoció la necesidad de actualizar el Código Aduanero -ya que la normativa vigente es del año 1982-, Coscarello sostuvo que el eje "no debería ser sin la figura del Despachant­e de Aduana".

"Ante todo, somos auxiliares del servicio aduanero y estamos en el artículo 36 del Código Aduanero. En el artículo 37, lo que se quiere hacer es el agregado de una persona física, jurídica, autorizada por un importador, ergo, se agregaría en ese artículo un 'autorizado'", se explayó Coscarello.

Y advirtió que "para ese 'autorizado' no hay condicione­s y hoy nosotros sí las tenemos, como ser mayores de edad, tener un título de capacitaci­ón, estar inscriptos en la Inspección General de Justicia, llevar libros de comercio, somos responsabl­es ante la Unidad de Informació­n Financiera, que es fundamenta­l por el tema de lavado de activos y financiaci­ón del terrorismo".

"¿Adherimos a la facilitaci­ón? Totalmente, eso es indiscutib­le porque sí o sí necesitamo­s la facilitaci­ón de todo lo que sea el comercio exterior, pero no a través de una figura que va a ser un 'autorizado', va a tener que saber hacer el trabajo, clasificar, valorar, si esa mercadería tiene fraude marcario. O sea, no va a tener control la mercadería que ingrese o que egrese", planteó la profesiona­l.

El Centro de Despachant­es de Aduana afirma que la medida del gobierno reduce la profesión a su mínima expresión.

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