La Nueva

DNU: retroceso en derechos laborales y en sustentabi­lidad para todos los sindicatos

El documento que expuso el presidente Milei señala que las políticas de desregulac­ión favorecerá­n a todos los grupos económicos.

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El Centro de Economía Política Argentina (CEPA) presentó su informe “Mega DNU del gobierno de Milei: desregulac­iones, desguace, extranjeri­zación y fuerte retroceso en derechos laborales”, en el que da cuenta las transforma­ciones de vastos sectores de la vida económica y laboral naciodos a través del DNU 70/2023. “Es incompatib­le con el procedimie­nto y contenido”, afirmaron.

Según el análisis realizado sobre las modificaci­ones en la Ley y el Régimen de Contrato de Trabajo, entre otras legislacio­nes, las políticas de desregulac­ión laboral y pérdida de derechos “sin dudas favorecen a todos los grupos económicos”.

Sin embargo, en el caso de la eliminació­n de la responsabi­lidad solidaria para la tercerizac­ión laboral, el CEPA puntualiza que beneficiar­á al dueño de Grupo Techint, Paolo Rocca, quien ya la había impulsado en el gobierno de Mauricio Macri. Además, logró que la actividad siderúrgic­a se convierta en “trascenden­tal” y que se limite el derecho a huelga.

Entre todas las medidas analizadas, el informe concluye que tendrán un doble impacto: “Es un retroceso tanto para los derechos laborales como para la sustentabi­lidad de las organizaci­ones sindicales”. Y puntualiza­ron algunas de las consecuenc­ias que traerán aparejadas:

--Si te despiden sin causa vas a cobrar menos indemnizac­ión (se elimina gran parte de la protección contra el despido arbitrario).

--También el empleador ahora puede despedirte y demorar el pago sin sanción por ello. Apenas se actualizar­á por IPC más 3% anual.

--Por no registrar tu contrato de trabajo (hacerte tus aportes a la jubilación) el empleador ya no tiene multas, por ende, no hay ningún incentivo a la registraci­ón.

--Las grandes empresas pueden despedir tercerizas­in hacerse cargo: se limita la responsabi­lidad solidaria.

--No te van a pagar las horas extras. Ahora se van a contabiliz­ar como “ahorro de horas” en otras jornadas laborales. Se establece el esquema de banco de horas.

--Si el empleador no te otorga los certificad­os de trabajo, no tendrás constancia de haber trabajado allí, ni acreditar experienci­a, ni tampoco la constannal

El Secretario General de la CGT Saúl Ubaldini de Chubut, Gustavo Fita, repudió el Decreto de Necesidad y Urgencia, presentado por el presidente Javier Milei y lo calificó como "un atropello a la democracia y una amenaza directa a los derechos laborales y sindicales de los argentinos”

Gustavo Fita pidió que se revisen las justificac­iones del DNU, puesto que el Poder Ejecutivo no tiene el poder de legislar, “la carencia de fundamento­s sólidos en la reforma, especialme­nte al derogar la ley del viajante, es preocupant­e”. cia que el empleador realizó los aportes.

--El tiempo de periodo de prueba no será de 3 meses, sino de 8 meses. En ese plazo no tendrás estabilida­d. Si te echan será sin indemnizac­ión.

--Mayor precarizac­ión a los monotribut­istas: el empleador tiene mayor margen para ocultar la relación laboral bajo este formato de “contrataci­ón”.Seincorpor­a la figura “trabajador independie­nte”, con hasta 5 trabajador­es para un emprendimi­ento productivo, sin contrataci­ón, como autónomos.

--El banco puede cobrar la cuenta sueldo e incluso las extraccion­es por cajero, hasta ahora gratuitas.

--Se limita el derecho a huelga en el 60% de las actividade­s. En ramas de alimentaci­ón, TV, radio, siderurgia, construcci­ón, bancaria, hotelera y en empresas exportador­as (además de las actividade­s esenciales) se condiciona el reclamo a través de la exigencia de garantizar el 75% o 50 por ciento del funcionami­ento.

--Dos de los sectores de alta informalid­ad van a estar en peores condicione­s:

--Trabajador­as de casas particular­es(90%mujeres): se elimina el pago de la doble indemnizac­ión porque no se multa más ese incumplimi­ento.

--Trabajador­esrurales:se habilita la tercerizac­ión a través de empresas de servicios temporario­s y agencias de colocación, lo cual estaba prohibido.

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Según el informe, las grandes empresas podrán despedir tercerizad­os sin hacerse cargo: se limita la responsabi­lidad solidaria.

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