La Nueva

Abusos: le niegan la prisión domiciliar­ia a la mujer de un empresario prófugo

La Justicia rechazó un recurso en favor de la esposa de Christiaan Robert Goslinga Kryen, quien está con captura internacio­nal desde hace un año. Por él rige una recompensa de $ 5 millones.

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La mujer del empresario Christiaan Robert Goslinga Kryen (70) -acusado de abusar de dos niñas en una vivienda del barrio Patagonia y que continúa prófugo y con pedido de captura internacio­nalseguirá en la cárcel por ser partícipe necesaria de los graves delitos.

Así lo resolvió en los últimos días la Cámara Penal local, al confirmar lo decidido por el Juzgado de Garantías Nº 4 y rechazar un pedido de arresto domiciliar­io planteado por la abogada particular de la acusada, a quien solo se la identificó por las iniciales M.A.L.

La defensora María Laura Bentivegna pidió la morigeraci­ón de la prisión preventiva que viene sufriendo su asistida por considerar alguna situación de salud, tanto de la detenida como de su madre, quien sufre una grave patología.

Destacó la buena calificaci­ón intramuros, el informe psicológic­o favorable y que la pena en expectativ­a, si bien puede ser muy alta, existe una propuesta de un juicio abreviado por 12 años de prisión.

La abogada también dijo que su asistida siempre estuvo a derecho y que permaneció en su domicilio aún luego de haber sufrido el allanamien­to.

Por último, dijo que ella tiene algunos inconvenie­ntes con parte de la población carcelaria y también remarcó la presencia de chinches (insecto), que le provocaron una reacción alérgica con lesiones cutáneas.

El rechazo

La Sala I de la Cámara, integrada en este caso por los jueces Gustavo Angel Barbieri y Pedro Roberto Morán, rechazó el pedido en favor de M.A.L., en el marco de la causa IPP 24.357/I.

"No se evidencia una situación excepciona­l", dijeron los jueces, en relación a la salud de su madre y a la reacción alérgica que sufrió ella en la prisión.

"Las afecciones que ha padecido la causante podrían ser abordadas dentro de la unidad penal o, eventualme­nte, mediante un traslado a hospital extramuros", agregaron.

En cuanto a los peligros procesales, remarcaron la existencia del peligro de fuga a partir de la calificaci­ón legal de los delitos.

La mujer está imputada de participac­ión necesaria en dos hechos tipificado­s como abuso sexual gravemente ultrajante agravado y lesiones leves agravadas, en carácter de autora, todos en concurso real, con lo cual la pena en expectativ­a tiene un mínimo de 8 años y un máximo de 40 y, de recibir sanción, no será de ejecución condiciona­l.

"Aún dentro de la hipótesis que sobre la eventual pena a imponerse que ha esgrimido la defensa, señalo que el quantum punitivo de 12 años de prisión (que habría sido plasmado en la propuesta del juicio abreviado formulada por el Ministerio Público Fiscal) resulta de entidad gravosa", ampliaron.

No fue pasiva

La mujer del empresario buscado, según el fallo reciente de la Cámara Penal, tuvo una intervenci­ón activa en los hechos, al menos desde un rol secundario.

Se explicó que al momento de analizar la prueba reunida, se valoró "la gravedad de los hechos y su reiteració­n por un período de tiempo sumamente extenso y la corta edad de las víctimas", tal como se hizo al momento de dictarle la prisión preventiva.

En ese marco, los jueces sumaron en la balanza el "grado de agresivida­d" que la mujer "desplegaba contra las niñas y que se ha visto reflejado en las caracterís­ticas de las lesiones que son materia de investigac­ión".

"Habiendo relatado las víctimas que las golpeaba en reiteradas oportunida­des, alguna vez con un palo y alguna vez asfixiando a una de las pequeñas con un buzo, llegando a amenazar -a una de las niñas- con una pistola 9 milímetros", detallaron los camaristas en la resolución.

La resolución destacó el ”grado de agresivida­d” de la mujer hacia los niños durante su participac­ión necesaria en los hechos.

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ARCHIVO LA NUEVA. CHRISTIAAN ROBERT Goslina Kryen.
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LA RESOLUCIÓN contra la mujer fue dictada por la Sala I de la Cámara Penal de Bahía Blanca.

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