La Voz del Interior

Desafiar el mandamient­o

- Juan Federico

En muy pocas condenas se aplicó El agravante por violencia de género.

Secuestrar, acuchillar a una joven y a su pequeña hija, arrojarlas en una alcantaril­la, mandar a lavar la camioneta y simular que no había pasado nada, todo con el objetivo de no hacerse cargo de una paternidad obligada por los peritajes de ADN, no fue un femicidio.

No existía un vinculo de sumisión, adujo el Tribunal, para desterrar esta figura penal.

Tampoco configuró violencia de género el hecho de que él la haya golpeado de manera brutal con un sifón de soda en la cabeza, para luego asfixiarla hasta matarla en la cama.

La discusión judicial se centró en comprobar si eran pareja estable, novios o amantes. Terminó en una pena de 22 años de cárcel, porque “no se acreditó el vínculo”.

Son sólo dos casos de un muestrario mucho más amplio.

Sólo en un tercio de las condenas por asesinatos entre parejas la Justicia cordobesa terminó por aplicar el agravante de la violencia de género.

Esta figura se introdujo a nivel nacional en diciembre de 2012.

Aunque, conviene aclararlo, la palabra “femicidio” no aparece en la ley. Tampoco “feminicidi­o”.

Al enumerar los agravantes de los homicidios, en el artículo 80 del Código Penal se agregó el agravante por violencia de género (inciso 11°) y si el crimen se comete “con el propósito de causar sufrimient­o a una persona con la que se mantiene o ha mantenido una relación” (inciso 12°).

Esta última parte abarca aquellos crímenes de hombres hacia sus hijos con la idea de causar un daño a las madres.

Si bien los homicidas concluyen con sentencias perpetuas, ya que así lo prevé la figura de “homicidio agravado por el vínculo”, el valor simbólico de encuadrar estos crímenes en un contexto más profundo pocas veces tuvo eco en los Tribunales cordobeses.

Pero ayer, la Cámara 3ª del Crimen de la ciudad de Córdoba pateó el tablero, para valorar la violencia de género en su más amplia dimensión.

En este caso, no había una mujer agredida. Ni muerta ni herida. Ni siquiera estuvo en la escena del crimen. Tampoco estaba casada ni convivía con el asesinado.

Un varón muerto a tiros a manos de otros varones.

Así y todo, nadie miró para el otro lado.

En su alegato, el fiscal Marcelo Hidalgo desafió la historia de la Justicia de Córdoba, sus preconcept­os y encasillam­ientos. Y pateó los dogmas.

Sí existió violencia de género, subrayó. Porque detrás del homicidio, aparecía una profunda cultura machista.

La mujer como propiedad, cosificada. Mía o de nadie más.

El noveno mandamient­o llevado a perpetuida­d.

Una construcci­ón social que ayer fue destruida por un Tribunal.

Un fallo que también puede ser una lección. Un puntapié o, acaso, sólo una excepción.

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