La Voz del Interior

Casa del Niño: en el segundo juicio sólo hubo un condenado por abuso

Los cuatro acusados que eran juzgados por presunta violación recibieron la absolución. Por manoseos a una niña, fue declarado responsabl­e uno de los imputados.

- Francisco Guillermo Panero fpanero@lavozdelin­terior.com.ar

En el segundo juicio por presuntos abusos sexuales en el interior de la Casa del Niño del Padre Aguilera, en Unquillo, durante la década pasada, un hombre que al momento de los hechos era menor de edad fue declarado responsabl­e de manosear a una niña. La otra acusación, por violación reiterada de un niño, terminó con la absolución de los cuatro acusados, por el beneficio de la duda.

El debate por jurados, a puertas cerradas, se celebró en la Cámara 11ª del Crimen de la ciudad de Córdoba con el veredicto que declaró la responsabi­lidad de L.G.P. (ya condenado en el juicio anterior), quien reconoció que cuando tenía 16 años realizó tocamiento­s a una niña de 11 internada en el hospicio. La pena que pudiere correspond­erle debe analizarla un juez Penal Juvenil.

En cambio, en la segunda acusación por presunto abuso sexual con acceso carnal en perjuicio de un niño, fueron absueltos los cuatro acusados, el mismo L.G.P., Juan Carlos González (también condenado en el primer juicio), Osvaldo Peralta y Elpidio Hugo Reyna.

El fiscal de Cámara Diego Albornoz pidió las absolucion­es a los tres acusados por los supuestos abusos en perjuicio del niño, porque las pruebas no permitían llegar a la certeza, y solicitó se declarara la responsabi­lidad de L.G.P. por los tocamiento­s a la niña, según había confesado.

El jurado popular, con el tribunal técnico integrado por Daniel Ferrer Vieyra, Graciela Bordoy de Pizzicari y María Susana Frascaroli, replicó por unanimidad lo solicitado por el acusador.

Durante el debate, el defensor Rosendo Montero advirtió que L.G.P. y González habían sido condenados en 2013 en el primer juicio por la Cámara 5ª del Crimen como mayores de edad, siendo que al momento de los hechos de aquella acusación no habían cumplido los 18 años. Por esto, anticipó ayer que pedirá la nulidad de aquella sentencia.

En aquel primer proceso, Juan Carlos González fue condenado a 10 años de cárcel y L.G.P. recibió ocho años de prisión por abuso sexual con acceso carnal continuado.

Su condición de adolescent­e sirvió para que en este nuevo juicio L.G.P. fuera declarado responsabl­e de los abusos en perjuicio de la niña, con la remisión de estas actuacione­s al juez Penal Juvenil para que fije la sanción que pudiera correspond­erle. Endeblez probatoria

Resultó dificultos­o avanzar en la prueba del otro hecho, en el que un joven denunciaba que había sido violado en reiteradas ocasiones por estos cuatro acusados, mientras era menor de edad.

Montero defendía a L.G.P., González y Reyna, mientras que Juan Fernández Alé asistió técnicamen­te al otro absuelto, Osvaldo Peralta.

Ambos comentaron que no se avanzó en las acusacione­s por varios elementos: rasgos de fabulación en la supuesta víctima y peritajes que no registraba­n signos psíquicos ni físicos de abuso.

Por su parte, el fiscal Albornoz advirtió que el transcurso del tiempo conspiró para que esos rasgos estuvieran presentes y que con la distancia de los hechos se hizo más difícil llegar a la verdad.

Acusadores y defensores coincidier­on en que la supuesta víctima era un niño con un tortuoso pasado durante sus primeros años de vida en un pueblo del interior provincial. Con su padre fallecido, convivió con su madre en un ámbito de promiscuid­ad. De acuerdo a las constancia­s de la causa, la mamá intentó darle muerte arrojándol­o de un puente. Ante esto, un juez ordenó su internació­n en la Casa del Niño.

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