La Voz del Interior

La demanda de la provincia de Buenos Aires y el federalism­o

- Susana Parés*

La Provincia de Buenos Aires inició a mediados de 2016 un proceso contra el Estado federal, ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, a fin de obtener los recursos económicos que considera que le correspond­en por la asignación establecid­a en el Fondo de Reparación Histórica del conurbano bonaerense.

La Corte dio inicio formal a la demanda en octubre último e invitó a las provincias a participar en el proceso.

Pese a esta cronología, la cuestión adquirió notoriedad en medio del proceso electoral, aunque era conocida en orden a lo resuelto por la Corte Suprema. La situación brinda a las partes la posibilida­d de exhibir posicionam­ientos públicos y una audiencia importante.

En este punto, pueden señalarse algunas cuestiones de interés:

La Corte adoptó algunas resolucion­es traducidas en acordadas, que se inscriben en la doctrina del “activismo judicial”, como las acciones de clase, audiencias públicas y amicus curiae, entre otras institucio­nes, y algunas de ellas propician claramente la idea de participac­ión republican­a en el marco estricto del proceso, a poco de que se repasen los contenidos de los textos.

Sin embargo, no es tan conocida la acordada de la Corte que lleva el número 36, de 2009, en la que se estatuye la unidad de análisis económico. En la resolución, el máximo tribunal entiende que hay sentencias que tienen gravitació­n en el desenvolvi­miento de las actividade­s económicas del país y efectos en la macroecono­mía, por lo que cree necesaria la creación de un organismo técnico que le brinde informació­n objetiva sobre los puntos que le requiera, a fin de ponderar el impacto económico de las resolucion­es y en orden a mantener incólume los principios de congruenci­as de las sentencias.

En este contexto, además de escuchar a las provincias, es de pensar que la Corte Suprema consultará a la unidad para que emita una opinión fundada.

La Provincia de Buenos Aires propicia el juicio cuestionan­do la constituci­onalidad de previsione­s de la Ley de Impuesto a las Ganancias, en orden al efecto negativo en la percepción de los montos que la provincia considera que debe recibir y que correspond­en al Fondo de Reparación Histórica del Conurbano Bonaerense.

Y tal vez sea este aspecto, antes que el discurso fervoroso de tiempos electorale­s, el que avale pensar la cuestión desde una perspectiv­a federal.

Sin perjuicio de que el Congreso Nacional está en mora con la regulación de institucio­nes nacidas con la reforma constituci­onal de 1994, los argentinos nos debemos un federalism­o efectivo desde el siglo XIX.

La consolidac­ión de los principios que sustentan un sistema representa­tivo, republican­o y federal pasa también por la equitativa y transparen­te distribuci­ón de los fondos públicos, de modo que consagren los objetivos contenidos en el Preámbulo de la Constituci­ón y que deben resolverse en normas generales.

Es preciso recordar que el Congreso de la Nación tiene la representa­ción territoria­l de todo el Estado y también la de todo el arco político del pueblo de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

La demanda cuestiona el modo de distribuci­ón equitativa de los fondos del Estado, algo que no es nuevo si se repasa la jurisprude­ncia de la Corte Suprema.

Pero viene a mostrar, otra vez, que no ha sido posible consensuar a la fecha un sistema de coparticip­ación entre el Estado y las provincias, lo que mella profundame­nte el sistema federal y consolida un esquema político que se asienta en la distribuci­ón discrecion­al de los dineros públicos por las autoridade­s nacionales, lo que crea un mecanismo de dependenci­a inaceptabl­e.

No obstante, muchos de los que se quejan replican en sus jurisdicci­ones el mismo modo de actuar.

En este contexto, ante la inexistenc­ia de un acuerdo debatido y consensuad­o –del que debe responsabi­lizarse la dirigencia política–, se recurre a un tribunal que sin duda resolverá el “caso” sometido a decisión.

No obstante, y más allá de lo que decida la Corte, es necesario recalcar que el lugar de la discusión enriqueced­ora es el Congreso de la Nación y en ese ámbito institucio­nal deben generarse las normas necesarias para lograr una distribuci­ón transparen­te y equitativa de los fondos. El federalism­o lo reclama.

los argentinos nos debemos un federalism­o efectivo desde el siglo XiX.

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(AP) María Eugenia Vidal. Gobernador­a de la provincia de Buenos Aires.
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