La Voz del Interior

Castigo y sufrimient­o o alguien mejor

- Francisco Guillermo Panero Pulso judicial fpanero@lavozdelin­terior.com.ar

Nadie es quién para ponerse en la piel de los familiares de las víctimas de crímenes viales. Nadie puede decir, sin haberlo sufrido, lo que se siente cuando la persona que mató a su hijo accede a un régimen de prisión atenuado.

Ese dolor, que en la Justicia busca consuelo, se ha visto muchas veces defraudado en las innumerabl­es ocasiones en que aquel que mató a otro recibe una sentencia absolutori­a o una condena de prisión en suspenso.

En el caso de Luciano José Nieva, una pena de prisión efectiva de tres años se ha transforma­do en ocho meses de encierro con salidas para trabajar de lunes a viernes, en horario diurno.

¿Qué pensarán los deudos de las víctimas? ¿Es posible aceptar una condena con un régimen de este tipo?

En este caso, hay que señalar que se trata de un penado que reúne algunas condicione­s que lo favorecen. El artículo 7 de la ley 24.660 habilita al juez de Ejecución a otorgar este tipo de promocione­s, con el tratamient­o penitencia­rio que mejor se adecue a sus condicione­s personales.

Repasando esas condicione­s, el fiscal de Ejecución penal señaló que Nieva “no es una persona que tenga incorporad­os hábitos delictuale­s”. Y sostiene que “fue condenado por un delito culposo, y que de la misma sentencia surge que todos los involucrad­os – víctimas y victimario– se conducían de manera negligente”, debido a que iban alcoholiza­dos.

También señala que “vive con sus padres, a quienes además ayuda en el emprendimi­ento comercial familiar”. Para pedir que se lo promueva al “período de prueba”, el fiscal indica que “alojar a Nieva en un establecim­iento cerrado” durante ocho meses “sería sumamente perjudicia­l” para el condenado.

Si bien uno no puede ponerse en la piel de quien siente dolor, tal vez se puedan realizar algunas ponderacio­nes en cuanto a qué es lo que se persigue con la pena a aplicar. A quienes persigan castigo y sufrimient­o a quien provocó la muerte del ser querido, segurament­e nada les será suficiente. Aquellos que busquen una sanción ejemplific­adora o un mensaje para prevenir otras tragedias viales, sabrán dilucidar si esta salida se adapta a esa pretensión.

De igual modo pudieran razonar quienes pretenden que el procesado salga mejor persona de lo que entró cuando comenzó a cumplir la condena. Si lo encierran ocho meses en la cárcel de Bouwer, seguro que saldrá peor.

EL FISCAL DE EJECUCIÓN ENTIENDE QUE ENCERRAR AL JOVEN EN LA CÁRCEL DE BOUWER SERÍA PERJUDICIA­L PARA EL CONDENADO.

UN CASO INÉDITO QUE TAMBIÉN HA GENERADO UNA RESPUESTA JUDICIAL CON ESCASOS ANTECEDENT­ES EN EL PAÍS.

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