Estuvo preso cuatro meses por robar 10 pesos y era inocente
El segundo involucrado, un adolescente, confesó su responsabilidad y aseguró que su cómplice era otro. El asalto ocurrió en Hernando en noviembre del año pasado y el juicio terminó este viernes.
do (dos hechos) en concurso real, por lo que se le impuso la pena de reclusión perpetua, “más la accesoria de reclusión por tiempo indeterminado, trabajo obligatorio adicionales de ley, declaración de reincidencia y costas”.
Al finalizar aquella nota, se advertía: “Adrober fue condenado a estar en prisión de por vida, ya que por ser reincidente no podrá solicitar la libertad condicional, según lo establece el artículo 14 del Código Penal”.
“De lo contrario, el condenado hubiera podido solicitar ese beneficio al cumplir 25 años en la cárcel (20 por la perpetua, más cinco por la accesoria por un tiempo indeterminado)”, se apuntó.
Aquella apostilla final hoy pasó a ser una realidad, pese a que ese primer fallo quedó firme sólo un mes después.
En el medio, hubo un largo e intenso laberinto judicial.
En el último recurso que interpuso, el abogado Lascano había indicado que una reclusión perpetua sin límite temporal era similar a una pena de muerte y citó diferente jurisprudencia al respecto.
A principios de octubre último, la Cámara en lo Criminal y Correccional de 2ª Nominación de la ciudad de Córdoba, conformada por los jueces Eduardo Valdés, Ítalo Vitozzi y Mónica Adriana Traballini, resolvió que el abogado del condenado tenía razón y fijó que Adrober estaba en condiciones de solicitar su libertad asistida a partir del 20 de julio de 2019.
En caso de que le fuera denegada (tiene que cumplir una serie de requisitos internos), la fecha tope para el cumplimiento de su pena será el 20 de enero de 2020.
Ahora, este último fallo acaba de quedar firme.
Y como el caso es anterior a la llamada “ley Blumberg”, que en
2004 fijó que no había distinción entre la reclusión y la prisión perpetua y que el límite era de 35 años de cárcel, al momento de mensurar la pena de Adrober se tuvo que tener necesariamente en cuenta el marco normativo que regía en
1994, en el que la prisión perpetua tenía un máximo de 25 años tras las rejas.
La Cámara del Crimen de Río Tercero absolvió a un joven de Hernando que permaneció cuatro meses preso acusado de robar dos billetes de 5 pesos.
Nicolás Mariano Deheza (23) siempre dijo que era inocente y que esa noche del 6 de noviembre del año pasado estaba junto con su pareja y con su pequeño hijo lejos del lugar del lugar donde se cometió el asalto.
Sin embargo, el caso que deman-
LLAMÓ MUCHO LA ATENCIÓN LA CONDUCTA DE ADROBER CUANDO LAS MUJERES Y EL PEQUEÑO AÚN ESTABAN DESAPARECIDOS.
EN LA CÁRCEL, ADROBER COMENZÓ A ESTUDIAR ABOGACÍA Y AYUDÓ A VARIOS PRESOS A PRESENTAR RECURSOS POR SUS CASOS.
dó un año de investigación, fue a juicio con la carátula de robo calificado por el uso de armas. Y Deheza permaneció cuatro meses preso.
Durante el proceso, el segundo involucrado en el robo, un adolescente menor de edad, confesó la autoría y aseguró que su cómplice aquella noche había sido otro y no Deheza.
Por su parte, el fiscal de Cámara Gustavo Martín solicitó en los alegatos siete años de prisión contra Deheza. Se ponderó en la causa, que los damnificados manifestaron que se dieron cuenta por Facebook que este joven era el autor.
Ese reconocimiento fue la prueba más contundente en la causa, que finalmente el Tribunal no terminó priorizando.
El caso ahora será girado al Juzgado de Menores, ya que el adolescente fue declarado penalmente responsable.
Un dato que no resulta menor en esta causa está relacionado con el reconocimiento de los supuestos ladrones. Los damnificados creyeron identificar al responsable por una foto de perfil en Facebook, y a partir de ese dato se ordenó la detención de Deheza, que no tenía ni un solo antecedente penal por episodios contra la propiedad.
En el fallo conocido el viernes último, el joven quedó absuelto, pero se le impuso una pena condicional de cuatro meses de cárcel ya que al momento de la captura se encontraba junto con su pareja, quien lo había denunciado tiempo atrás por violencia doméstica.
Ante esto, la Justicia le había interpuesto una orden de restricción, aunque al final se habían reconciliado y el nunca se había ido de la casa.