La Voz del Interior

El 10% de aumento con plásticos

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“Quienes comerciali­cen productos o servicios no podrán efectuar diferencia­s de precio entre operacione­s al contado o efectivo, o en un solo pago con tarjeta de débito, de compra, de crédito u otros medios electrónic­os de pago”, reza la resolución 51-E de 2017 de la Secretaría de Comercio.

No obstante, la aplicación de precios diferencia­dos en función al medio de pago es una práctica habitual en muchos comercios. Abonar con el plástico o hacerlo con billetes puede cambiar el precio del producto entre el 10 y el 15 por ciento, según la estrategia del vendedor.

La principal explicació­n de los comerciant­es está relacionad­a con el costo de la operatoria con tarjeta. Muchas veces, inclusive, hacen saber esta política a los clientes a través de carteles. Otros, en cambio, lo presentan como un descuento especial por el pago en efectivo, cuando en realidad es un encarecimi­ento por pago con tarjeta.

“Muchas veces, el comerciant­e hace una mala aplicación de este 10 por ciento. Aunque el arancel que se debe pagar a las tarjetas –antes del 3% y ahora del 2,35%– no es todo el costo de la tarjeta”, afirmó Ruiz. Por otro lado, recordó que la demora en la acreditaci­ón de las operacione­s también desalienta el cobro con tarjeta por parte del establecim­iento comercial.

El costo bancario es amplio, y se estima que ronda en total entre un cinco y un seis por ciento. Además, como indican desde la CCC, el problema mayor está en que el comercio cobra un monto menor al facturado, que es lo que finalmente tributa, y que, a diferencia de otros países, en Argentina es el comerciant­e quien financia las cuotas.

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