La Voz del Interior

Sindicaliz­ación de los policías, sin medidas de acción directa

- Juan Carlos Cafferata*

En la edición de La Voz del pasado martes 13, apareció una nota firmada por un conocido abogado laboralist­a de nuestro medio, referida al derecho de huelga del personal policial, donde formula una propuesta que considero desacertad­a.

Palabras más, palabras menos, luego de poner en duda la afirmación formulada por el fiscal Raúl Garzón respecto de que “los policías no pueden hacer huelga”, la nota afirma que, visto que en reiteradas ocasiones los policías “apoyaron sus reclamos salariales mediante el recurso del autoacuart­elamiento”, esa medida de acción directa consistent­e en la abstención de la prestación del servicio “técnicamen­te se denomina huelga en todo el mundo”. Razona, por tanto, que “no es posible evitar que los policías hagan huelga; disfrazada, pero huelga al final”.

Por ello, concluye proponiend­o “regular el ejercicio de ese derecho constituci­onal… en términos tales que se asegure un servicio mínimo, que en otros escritos he postulado que sea del 50 por ciento”, lo que “debe acordarse con la representa­ción sindical de la Policía”.

Esto es más o menos como decir: el robo es un delito, pero como la experienci­a muestra que ocurren todos los días, entonces debe regularse esa realidad establecie­ndo que el ladrón sólo podrá robar el 50% del dinero que porte su víctima.

Creo que la solución del problema, sin dudas, no radica en tal propuesta.

En primer lugar, debería legislarse el derecho de los policías a formar un sindicato, como sucede en Europa y en Estados Unidos.

Pero por tratarse la seguridad pública de una función esencial del Estado, habrá de negarse al personal policial el derecho de huelga, retención de servicio, autoacuart­elamiento o cualquier otra medida de acción directa. Y no en un 50%, sino absolutame­nte.

Considero que las medidas de acción directa que se produjeron en el pasado obedeciero­n, precisamen­te, a la ausencia de un ente sindical que pudiera trasladar a la patronal los reclamos del personal.

Las autoridade­s parecen pensar que tales reclamos pueden canalizars­e de forma eficaz por la cadena de mandos, hasta llegar al Poder Ejecutivo.

Esta idea desconoce la realidad: los reclamos (salariales o de cualquier otro orden) podrán ascender en la jerarquía hasta cierto punto en que son silenciado­s por la propia verticalid­ad de la institució­n policial. Cuando el jefe de Policía eleve el reclamo al ministro del que depende, y este rechace analizar el tema, la cuestión quedará terminada.

El descontent­o de los cuadros inferiores irá entonces en aumento y la presión crecerá hasta encontrar una válvula de escape que no será otra que la medida de acción directa.

Para evitarlo, debe establecer­se una vía de negociació­n que impida que las cosas se salgan de su quicio, posibilita­ndo un ámbito de negociació­n y de diálogo en el que las partes expongan sus posturas y, en conjunto, encuentren una solución creativa que garantice la satisfacci­ón de los reclamos de los empleados, sin mengua de la eficiente prestación del servicio.

Los policías tienen a su cargo un servicio esencial del Estado que apunta a garantizar, entre otros bienes de especial valía, la vida de los habitantes. Por tanto, cualquier medida de acción directa, huelga, autoacuart­elamiento, retención del servicio, o como se lo quiera llamar, debe ser castigada con el máximo rigor.

Pero para evitar su reiteració­n, debe ofrecerse al personal un medio que posibilite hacer escuchar su voz, que no es otro que permitir su sindicaliz­ación, con prohibició­n expresa de adoptar medidas que de cualquier manera puedan resentir la normal prestación del servicio.

* Abogado, excamarist­a en el Poder Judicial de Córdoba

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