La Voz del Interior

Rentas: 42% de los ingresos propios está en manos de los agentes de percepción

Córdoba cuenta con 1.500 bancos y empresas que son agentes nominados, pieza clave de la recaudació­n propia de la Provincia. Tienen un plazo determinad­o para transferir lo recaudado y multas en caso de demoras.

- Laura González lgonzalez@lavozdelin­terior.com.ar

El fallo judicial que revocó la prisión preventiva de Cristóbal López y de Fabián De Sousa provocó no sólo un vendaval político, sino que también puso en debate a los tributaris­tas y administra­ciones públicas dada la particular interpreta­ción que hicieron los jueces de la figura del agente de retención.

Es que los magistrado­s de la Sala I de la Cámara Federal de Apelacione­s, Jorge Ballestero­s y Leopoldo Bruglia, junto a Eduardo Farah, de la Sala II, recalifica­ron la causa y entendiero­n que era un caso tributario y no un delito penal contra la administra­ción pública.

Esto es clave porque Oil Combustibl­es podría acogerse a una moratoria y así extinguir la acción penal. Más allá de los efectos políticos y judiciales del fallo, hay argumentos tributario­s que han puesto en el centro de la escena a la figura del agente de percepción y/o de retención.

“El agente de retención es un sujeto, cualquier contribuye­nte del país nominado como tal, que al momento de pagar determinad­os bienes o servicios sustrae parte de ese pago a quien le prestó el servicio o le vendió un bien con destino al Estado. Pago una consultorí­a de 50 mil y retengo 10 mil de impuestos”, ejemplific­a el tributaris­ta José María Farré.

En tanto, el agente de percepción –ambos surgen de la ley 11.683 de procedimie­nto fiscal– implica “un método de recaudació­n que dice que por encima de lo que te cobro, agrego un extra, que es el impuesto que aplica el Estado. Me aumenta la recaudació­n en mi bolsillo, pero es para pagarle al Estado”, dice Farré.

Oil Combustibl­es estaba nominado, como todas las estaciones de servicio, como agente de percepción. Esto significa que al despachar un tanque de nafta, por ejemplo, además de cobrar el IVA y los impuestos provincial­es, debía cobrar el Impuesto a la Transferen­cia de Combustibl­es (ITC). Entre 2012 y 2015, cobró esos impuestos pero no los transfirió al fisco, con la presunta complicida­d de la Afip. Fueron, a valores de entonces, 8.000 millones de pesos.

En Córdoba

La figura del agente de cobro fue introducid­a por Carlos Tacchi, secretario de Ingresos Públicos de Carlos Menem de 1991 a 1995. Todas las provincias lo imitaron. “Como era baja la tasa de cumplimien­to de pago voluntario de los impuestos por parte de las empresas, resolvió que había que armar un esquema que al pagar o cobrar algo, retenga el tributo. Es parecida a la retención de ganancias o jubilación que hace el empleador”, compara Heber Farfán, secretario de Ingresos Públicos del Gobierno de Córdoba.

Con el agente, el Estado busca la colaboraci­ón de un tercero. Tiene su lado cuestionab­le, ya que el fisco no reconoce nada por esa tarea, que implica costos de tiempo, sistemas y recursos humanos. Además, no hay manera de que el agente selecciona­do pueda negarse a esa tarea.

De los nueve mil grandes contribuye­ntes, la Provincia tiene nominados a 1.500 como agentes de retención o percepción, que son responsabl­es de recaudar el 65 por ciento de los Ingresos Brutos; o el 42 por ciento de los ingresos impositivo­s propios. Ahí están los bancos, tarjetas de crédito, escribanos, registros del automotor y muchos contribuye­ntes grandes, tanto públicos como privados.

Lo que perciben la primera quincena del mes lo deben depositar entre el 20 y el 25; y lo que perciben la segunda quincena, entre el 8 y 9 del mes siguiente, con una afinada

Ramón Mestre, intendente de Córdoba. “Somos todos iguales ante la ley, es una barbaridad la decisión de la Justicia. Soy prudente, pero esto es una flagrancia logística de control detrás para evitar lo que hizo López: que el agente se financie con plata del Estado.

En una especie de reconocimi­ento a los costos hundidos que esto representa para las empresas, Córdoba redujo en 2018 las penalizaci­ones por rendición fuera de término: pagaban de dos a cinco veces el monto retenido y se bajó al 50 por ciento hasta 30 días, con una escala creciente para otros plazos.

“En general, en Córdoba no hay atrasos, las empresas cumplen”, asegura Farfán. “Lo de Cristóbal López no tiene asidero, lo hizo sistemátic­amente durante años”, juzgó.

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(LA VOZ) Cobrar a la fuerza. Los bancos, las tarjetas y los registros del automotor, grandes agentes de percepción.

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