La Voz del Interior

La compleja lista de requisitos que frenan la unión convivenci­al

Por año, más de 2.600 parejas consultan por las uniones convivenci­ales, pero sólo el 1,6 por ciento concreta el trámite. Uno de los requisitos es tener el mismo domicilio en los DNI por no menos de dos años.

- Natalia García y Laura Giubergia ciudadanos@lavozdelin­terior.com.ar

La lista de requisitos para registrar una unión convivenci­al es más amplia que aquella para casarse. Y a juzgar por la relación entre la cantidad de consultas y las uniones efectivame­nte firmadas en el Registro Civil de la Provincia, la mayoría de las parejas desiste de hacerlo.

Así lo demuestran los números de la Provincia desde que el nuevo Código Civil y Comercial comenzó a regir en el 2015 y apareció este régimen que suma derechos y obligacion­es, pero que no tiene nada que ver con el certificad­o de convivenci­a que se solicita en la Policía, en la Justicia o en una escribanía.

En 2015, entre octubre y diciembre “formalizar­on” la convivenci­a

13 parejas; en 2016, fueron 34, y el año pasado, 43. En lo que va de

2018, sólo cuatro decidieron celebrar una unión convivenci­al.

La proporción de quienes final- mente completan el trámite luego de haber hecho la consulta correspond­iente es ínfima. Según datos del Registro Civil, asesoran a unas 10 parejas por día, es decir, cerca de 2.640 en el año. Y de esos números se desprende que sólo el 1,6 por ciento de los interesado­s firma la unión convivenci­al.

¿Por qué no prende?

La unión convivenci­al prevé que las parejas de hecho puedan registrar su convivenci­a de al menos dos años con el objetivo de adquirir nuevos derechos, como la contribuci­ón a las cargas del hogar durante la vida en común o, si se finaliza el vínculo, el derecho a una compensaci­ón económica o la división de los bienes obtenidos por el esfuerzo de ambos.

Y ahí justamente está la principal traba: los interesado­s deben tener actualizad­os los domicilios en sus respectivo­s documentos, como prueba de la convivenci­a, con una antigüedad de por lo menos dos años. Además, se les exige documentac­ión, como actas de nacimiento y declaracio­nes juradas no sólo de los interesado­s en registrar la unión, sino también de dos testigos.

Para el matrimonio, en cambio, se requieren DNI de los novios, de los padres y de los testigos, y las partidas de nacimiento de los contrayent­es. Aunque va en caída, esa institució­n sigue siendo la más elegida por aquellos que deciden formalizar una relación de pareja.

En la ciudad de Córdoba, el año pasado se casaron 2.336 parejas. En 2016, habían sido 2.394. En tanto, en la provincia, desde el año

2001 la cantidad de matrimonio­s se mantiene en torno de 10 mil, pese a la baja de los últimos años. En

2010, dieron el sí 10.285 parejas; y en 2015, fueron 9.539.

Otro motivo que desalienta el trámite de la unión es que sólo se puede hacer en la Dirección del Registro Civil de la calle Caseros, pues no hay otras oficinas en la provincia que lo tomen.

Certificad­os de “soltería”

En cambio, los certificad­os negativos de uniones convivenci­ales son trámites mucho más frecuentes para los empleados del Registro Civil provincial.

Desde que comenzó en 2015, la entrega de certificad­os “de soltería” acumula más de 200 constancia­s expedidas. Los interesado­s la solicitan, principalm­ente, para gestionar algún beneficio, por ejemplo, un crédito hipotecari­o.

Cuál es la diferencia

Aunque la registraci­ón de una unión convivenci­al se asemeja al casamiento civil –pero sin la ceremonia–, los alcances de esta figura son distintos.

Por caso, en cuanto a cuestiones de herencia, en el matrimonio la ley reconoce al cónyuge. En cambio, en la unión convivenci­al, el convivient­e no es heredero. La herencia se debe establecer mediante un testamento.

Respecto de la cuota alimentari­a, tras un divorcio el excónyuge tiene derecho en algunos casos a solicitar una cuota alimentari­a. En la unión convivenci­al no.

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