¿Feriado o día no laborable?
El próximo fin de semana será largo sólo para algunos. Al feriado nacional por el martes 1° de Mayo (Día de los Trabajadores) se suma la novedad del día “no laborable” dispuesto por el Gobierno nacional para el lunes 30 de abril.
Pero no es lo mismo feriado que día no laborable. Y los tres días “puente” definidos por la Nación para este año no serán feriados.
Vale explicarlo: meses atrás, el Congreso, al aprobar la ley 27.399, otorgó la facultad al Poder Ejecutivo de fijar por cada año hasta “tres días feriados o no laborables destinados a promover la actividad turística, que deberán coincidir con días lunes o viernes”.
A fines de 2017, apareció el decreto 923 por el que el Ejecutivo definió tres “días no laborables” para 2018: los lunes 30 de abril, 24 de diciembre y 31 de diciembre. Pero no se trata de feriados nacionales, como los otros 16 que hay en el calendario fijo anual.
La diferencia entre uno y otro la aclara la Ley de Contratos de Trabajo: “En los días feriados nacionales rigen las mismas normas legales que sobre el descanso dominical”, por lo que “en caso de ser trabajado se recompensará con un 100 por ciento más la remuneración habitual”. Mientras, en los días no laborables “el trabajo será optativo para el empleador”, salvo en la administración pública nacional, provincial y municipal.
Es decir que en el ámbito privado el día “no laborable” queda supeditado a la voluntad del empleador y, a diferencia de los feriados, no se pagará el doble de la