La Voz del Interior

Para el Ersep, el cambio beneficia al usuario

- Juan Leyes jleyes@lavozdelin­terior.com.ar

El presidente del Ente Regulador de Servicios Públicos (Ersep), Mario Blanco, dijo ayer que a partir de la sanción de la ley de facturació­n en la Unicameral, el “usuario hará una mejor lectura de lo que se factura”.

Blanco consideró que la sanción de la ley, que no contó con el apoyo de la oposición, es un “fuerte respaldo” a las resolucion­es del ente regulador.

“Es una ley que, por suerte, está absolutame­nte en consonanci­a con las disposicio­nes que ha venido dictando el Ersep; prácticame­nte, en líneas generales se condicen con las resolucion­es que fuimos dictando”, dijo el funcionari­o.

El texto de la norma expresa cuáles son los cargos que podrán verse a partir de octubre en las facturas de energía eléctrica, agua y saneamient­o.

“La boleta deberá contener exclusivam­ente los cargos por el consumo realizado por el usuario”, dijo Blanco.

Además, sí estarán presentes los “cargos relacionad­os con la prestación del servicio conforme el marco regulatori­o específico”.

De esta manera, seguirán presentes en la boleta el 0,4% que correspond­e al decreto 2.298, una tasa del Ersep y el 0,10% que correspond­e a la Ley de Seguridad Eléctrica.

–En la boleta de Epec dice OIM 10%. ¿Eso se va a ver desde 1° de octubre o no?

–Es hasta lo efectivame­nte consumido en energía eléctrica. Vamos a poner un caso que nos ha llamado la atención, que es una localidad del interior de la provincia de Córdoba que la provee una cooperativ­a, donde tienen un OIM del 20%, pero que con el 8% se cubre el consumo específico de electricid­ad de alumbrado y semaforiza­ción. Entonces en vez de ver lo que veía el vecino en esa localidad , ahora lo que va a ver es el 8%. Pero supongamos que en una próxima medición, como sucede con cualquier vecino, considere que lo que gastó efectivame­nte fue el 7%, entonces será el 7%, si de pronto figura que fue el 9%, será el 9%. Lo que pone la ley es un techo, por eso dice la ley “hasta 10%”, no puede pasar ese techo.

–En el caso de las ciudades más festivaler­as, como Cosquín o Jesús María, ¿qué pasa si en época de festival la energía que se consume supera ese 10%?

–El municipio tendrá que abonarlo efectivame­nte a la prestatari­a, pero no va a poder ser esto trasladado a la factura de la prestatari­a de energía eléctrica que pagan los usuarios.

Aguas

La autoridad del Ersep explicó que en el caso de las boletas de agua, “no puede ir ningún tipo de gravamen que no tenga que ver con la prestación del servicio de agua potable, con lo cual no puede ir lo municipal”.

Además, municipios y cooperativ­as deberán facturar por separado agua y cloacas.

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(LA VOZ) Por ley. Desde octubre, cambios en las facturas de luz y de agua.

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