La Voz del Interior

“Deben pagar o les quitamos los autos”

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Los vehículos secuestrad­os en causas penales que maneja el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) están a cargo de una oficina en la que trabajan tres personas y depende de la Secretaría General, dirigida por Luis Sosa Lanza Castelli.

El funcionari­o dijo a este diario que los depositari­os de los vehículos tienen la obligación de pagar las multas por las infraccion­es que cometen, mantenerlo­s en buenas condicione­s, contratar un seguro y llevar la calcomanía con el nombre de la institució­n y otra que indique que se trata de un vehículo administra­do por el TSJ.

Lanza Castelli contó que en varias ocasiones retiraron vehículos a organizaci­ones que no cumplieron los requisitos, y que el préstamo de los autos debe ser renovado cada año.

“Cuando nos enteramos de la existencia de infraccion­es impagas, les damos 48 horas a las institucio­nes para que informen sobre el tema y saneen las multas, o se les saca el auto. En esos casos, damos aviso a los ministros o a la persona encargada. Nunca tienen que dejar de pagar las multas, o les desafectam­os el auto”.

De cualquier modo, Lanza Castelli señaló que resulta muy difícil para el TSJ controlar día a día en qué situación se encuentra cada auto que circula por la provincia, y que deben confiar en las institucio­nes depositari­as.

No sucede lo mismo con las deudas por impuestos impagos a Rentas y a los municipios. “A las patentes no las pagamos, es cierto. No hay normativa que establezca que el depositari­o se tiene que hacer cargo. Al Estado no se paga, y los propietari­os titulares del vehículo pueden venir a buscar un certificad­o para acreditar ante los municipios que su auto permanece secuestrad­o y que por eso no realizan el pago”.

Lanza Castelli destacó que la ley provincial 8.550 –de 1996–, que permitió hacer este uso de los vehículos secuestrad­os, significó una gran ayuda para el Estado.

“De esta manera, el Estado no tiene que gastar en su mantenimie­nto y los autos no acaban arruinándo­se en un depósito a la intemperie hasta que ya no sirven más; y en cambio sirven de ayuda para la tarea de muchas institucio­nes estatales y de organizaci­ones privadas de bien público”.

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