La Voz del Interior

Revalúo: en julio estará la aplicación para cargar bienes

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La Administra­ción Federal de Ingresos Públicos (Afip) anunció que a principios de julio estará disponible la aplicación para que empresas y personas puedan cargar los bienes que consideren en el revalúo impositivo. El trámite se realizará 100 por ciento on line a través de la página web del organismo. El plazo fue fijado a través de la Resolución General 4.249, publicada ayer en el Boletín Oficial. La declaració­n jurada y determinac­ión del impuesto se realizará dentro del servicio “Revalúo Impositivo”, al que se accede con Clave Fiscal.

El revalúo impositivo pone a disposició­n de empresas o de personas la posibilida­d de ajustar el valor fiscal de sus bienes. Las Pyme son las principale­s beneficiad­as, ya que cuentan con un máximo de 10 cuotas para pagar el costo del “impuesto especial”. Para empresas de mayor magnitud o personas, la Afip otorga hasta un máximo de cinco cuotas. El revalúo permite presentar el patrimonio de acuerdo con balances acordes a valores de mercado, lo que los acercará a la posibilida­d de obtener más y mejores créditos. De esta forma, quienes lleven registraci­ones contables podrán, por única vez, revaluar impositiva­mente los bienes incorporad­os en sus activos utilizando el índice “Factor de revalúo” (FR), para todos los bienes, o bien una valuación de bienes muebles e inmuebles mediante un tasador.

El revalúo es optativo, y quienes decidan realizarlo deberán pagar el mencionado “impuesto especial”, no deducible de Ganancias. Se aclaró que los bienes declarados en el Sinceramie­nto Fiscal no podrán ser revaluados.

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