La Voz del Interior

Para la Justicia, los policías no pueden parar

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La Cámara en lo Criminal y Correccion­al de 12ª Nominación dio a conocer ayer los fundamento­s del fallo por el cual se condenó a 52 policías involucrad­os en el acuartelam­iento de uniformado­s del 3 y 4 de diciembre de 2013.

El tribunal consideró que los policías “no ejercían un derecho constituci­onalmente amparado”, aun cuando esos reclamos fueran “lícitos y atendibles”.

Este fue uno de los argumentos con los que el tribunal, integrado por los camaristas Gustavo Reinaldi, Gabriela Bella y Mario Capdevila, junto con ocho jurados populares, fundamentó la sentencia que condenó a prisión condiciona­l, inhabilita­ción especial y multa a 15 policías por el delito de incumplimi­ento de los deberes de funcionari­o público y desobedien­cia a la autoridad.

Además, condenó a 37 funcionari­os policiales con inhabilita­ción especial y multa, por el primero de los delitos mencionado­s, y dispuso cuatro absolucion­es. 52 de los 56 policías encontrado­s culpables de haber cometido delitos por su participac­ión en el acuartelam­iento que parte de la fuerza de seguridad realizó durante el 3 y 4 de diciembre de 2013 deberán cumplir una pena efectiva. En el fallo del pasado 11 de mayo, la condena mayor fue de un año y de cumplimien­to condiciona­l. Además, hubo inhabilita­ciones y multas hasta 12.500 pesos.

El fallo remarcó que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha rechazado la posibilida­d de agremiació­n de las fuerzas de seguridad”. Asimismo, la sentencia explica que, aun consideran­do que quienes no están de servicio podrían reunirse y manifestar, “jamás podría admitirse que ello pueda hacerse portando armas, uniformes o atributos propios de la autoridad”.

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