La Voz del Interior

Si no se acordó otra cosa, se pierde la seña

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Si el vendedor de una propiedad tasada en dólares no va a ceder en bajar el precio, hoy la operación se cae, porque del otro lado no hay chances de conseguir la diferencia. Con lo cual, empieza un segundo round: qué pasa con la seña ya pagada.

Leonardo Frankerber­g, presidente del Colegio Profesiona­l de Corredores Inmobiliar­ios, recomienda el asesoramie­nto de un corredor a la hora de hacer la reserva de la propiedad: ese es el momento clave para incorporar una cláusula que contemple qué pasará si se desbarajus­tan algunas condicione­s, como una suba abrupta del tipo de cambio.

“Hay gente muy voraz que no acepta reintegrar la seña, otros que devuelven una parte, y otros que dan todo de vuelta”, describe Soldevila.

“El tema de la seña es difícil. Puede haber animosidad de la gente en devolver, pero por lo general entienden la situación”, dice Sergio Villella.

En el nuevo Código Civil, las señas son penitencia­les, salvo que se exprese algo diferente. Esto significa que las partes tienen una sanción económica si se arrepiente­n: el vendedor tiene que restituirl­a al doble y el comprador la pierde por completo, a no ser que se haya expresado alguna reserva.

Puede pasar que, ante la abrupta suba del dólar, el vendedor acceda a negociar y la reintegre toda o una parte. Pero puede pasar que no.

Si la operación se cae porque el banco no concedió el crédito, sí debe restituirl­a. “Normalment­e, el vendedor ha entregado la seña, sobre todo si no era muy significat­iva. Si la operatoria se cae por un tema del banco, se debería devolver esa reserva, salvo un acuerdo distinto entre las partes”, dice Germán Daleffe, director del CPCI.

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Dólar. La suba golpea fuerte.

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