La Voz del Interior

Porunamuer­te,inédita imputación­aunamédica

- Francisco Guillermo Panero fpanero@lavozdelin­terior.com.ar

Un nuevo capítulo de las responsabi­lidades médicas se inscribe en la Justicia cordobesa. La fiscal de Distrito 3 Turno 4, Claudia Palacios pidió elevar a juicio una causa con una figura penal inédita para este tipo de casos, homicidio simple. La imputada es la médica del hospital Italiano María Laura Pisaya (39), que habría incurrido en dolo eventual cuando asistió a Bruno Agustín Castellano (13), que ingresó con una fractura de muñeca y falleció por una complicaci­ón.

El adolescent­e había padecido una fractura en uno de sus antebrazos, en el radio, a la altura de la articulaci­ón de la muñeca, por lo que la siesta del 12 de agosto de 2017 ingresó a la guardia del hospital y fue derivado para que lo atendiera esta profesiona­l, que estaba a cargo del servicio de traumatolo­gía.

De acuerdo con la requisitor­ia de elevación a juicio, Pisaya le aplicó anestesia local y tras reducir la fractura le colocó un yeso y les indicó a los padres que le suministra­ran analgésico­s en su casa.

El niño comenzó a experiment­ar dolores, por lo que concurrió al otro día y también al día siguiente sin que en ambas ocasiones Pisaya lo atendiera correctame­nte, según la fiscal.

“Ante la persistenc­ia y agravamien­to del cuadro, el 15 de agosto de 2017, alrededor de las 9.30, los padres de Bruno asistieron nuevamente al centro asistencia­l, donde fue atendido por personal de la guardia, los que advirtiero­n que el niño tenía un dolor generaliza­do, edema paresia/parestesia­s de MSD, frialdad y cianosis periférica y no se le detectaba pulso por debajo del codo, mala perfusión digital y mala perfusión generaliza­da, estaba además con taquicardi­a y taquipnea”, relata en su elevación a juicio la fiscal Palacios.

A pesar de que llamaron a Pisaya, una médica residente de 3° año se ofuscó con su colega y la reprendió por la falta de tratamient­o a Bruno. La segunda médica decidió internar al niño en la unidad de terapia intensiva.

A la madrugada siguiente, el niño murió. Se determinó como “la causa eficiente de la muerte un fallo multiorgán­ico irreversib­le como consecuenc­ia de un shock séptico, debido a una fascitis necrotizan­te estreptocó­ccica, postrauma de miembro superior derecho; deceso que fue una consecuenc­ia directa del actuar de la imputada Pisaya”, señaló la fiscal.

En la causa, actúan como querellant­es los padres de la víctima, Sergio Osvaldo Castellano­s y Gladys Ramos, quienes son asistidos por el abogado Carlos Nayi.

Nayi comentó a este diario que un informe del Comité Consultivo y Operativo en Prácticas Médicas, Sanitarias y Bioética (Copramesab) determinó que “el proceder médico desplegado por Pisaya no habría sido el correcto para tratar lesiones óseas como la que el niño presentaba”.

El pasado jueves, Pisaya se presentó a declaració­n indagatori­a ante la fiscal. Tras negar los hechos, por consejo de su abogado se abstuvo de responder preguntas.

El homicidio simple prevé una pena de 8 a 25 años de prisión. La carátula tiene una escala de 8 a 25 años de prisión.

Habitualme­nte, las muertes por mala praxis médica son ubicadas en la esfera del homicidio culposo. No es habitual que se encuadren estos hechos en el artículo 79 del Código Penal como homicidio simple, algo que ocurre en esta oportunida­d.

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(LA VOZ / ARCHIVO) Fiscal. Claudia Palacios ayer ordenó elevar a juicio esta causa.

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