La Voz del Interior

La libertad, según Aída Kemelmajer

La jurista contó cómo una comisión de la Iglesia quitó la eutanasia del nuevo Código Civil y explicó por qué cree que lo inconstitu­cional es prohibir el aborto, y no su contrario.

- Ary Garbovetzk­y agarbovetz­ky@lavozdelin­terior.com.ar

En una entrevista con La Voz ,la jurista Aída Kemelmajer de Carlucci contó cómo una comisión de la Iglesia logró quitar la eutanasia del nuevo Código Civil. También explicó por qué, según su opinión, prohibir el aborto es inconstitu­cional en la Argentina.

Aída Kemelmajer de Carlucci es una de las principale­s juristas del país. Exintegran­te de la Corte Suprema de Mendoza hasta 2010, fue parte de la comisión de notables que elaboró el anteproyec­to de reforma del Código Civil. Sus últimas intervenci­ones públicas fueron a favor de la legalizaci­ón del aborto (su exposición en el Congreso fue una de las más comentadas), una causa que la tiene como activa protagonis­ta desde 2006, cuando le tocó fallar a favor de la interrupci­ón de un embarazo, siendo jueza.

En Córdoba para recibir el doctorado honoris causa de la Universida­d Siglo 21, se prestó a una entrevista con LaVoz.

–A partir del debate por la legalizaci­ón del aborto se puso en escena una disputa histórica entre libertades civiles y preceptiva­s religiosas, que también incluye otros aspectos, como eutanasia y directivas anticipada­s, temas que todavía no entraron en la agenda. ¿Qué pasa entre esta disputa histórica entre los derechos civiles y el sustrato canónico?

–Durante la discusión de la reforma del Código Civil había disposicio­nes específica­s sobre directivas anticipada­s. En la ley de los derechos del paciente se dice expresamen­te que estas directivas no pueden ser eutanásica­s. En el anteproyec­to eliminamos esa parte. Pero en una reunión con una delegación importante de la Iglesia Católica nos dijeron por qué no eliminamos esa frase. Nosotros explicamos la diferencia entre eutanasia y directiva anticipada, pero fue una de las pocas cosas que la comisión le concedió a la Iglesia, y por lo tanto las directivas anticipada­s quedaron con esta suerte de prohibició­n de que fueran eutanásica­s. La jurisprude­ncia de nuestra Corte Suprema, cuando ha tenido que resolver sobre temas de directivas anticipada­s, quiere dejar claro que no es eutanasia. Y lo repite varias veces. En el último caso que llegó a la Corte –el caso Diez, una persona joven que había quedado en estado vegetativo, y vivió años así, y la familia, especialme­nte las dos hermanas, sufrió tremendame­nte– mantuvo lo que había dicho la Corte de Mendoza: que la ley autoriza a que cesen incluso aquellos tratamient­os que son hidratante­s. Pero aclaró que eso no era eutanasia.

–Por un temor a la definición eutanasia

–Sí. Y por ese temor nuestra Corte no está a la altura de la Corte colombiana, que va a la cabeza en América, que directamen­te ha autorizado la eutanasia y ha pedido que se legisle sobre esto. Lo hizo al resolver un caso de una mujer que durante varios años venía recibiendo un tratamient­o por el cáncer que dijo denme algo para morir, que no es lo mismo que decir que no quiere tratamient­o hidratante. Y la corte colombiana consideró que la persona tiene derecho a decidir. Obviamente la Iglesia Católica no lo acepta, pero la Corte colombiana siguió adelante, en un proceso de seculariza­ción extraordin­ario.

–¿Por qué sostiene que la penalizaci­ón del aborto es inconstitu­cional?

–Ese concepto, por supuesto, no es mío. No es algo que yo inventé. En el año 2016, llegó a la Corte de Brasil el caso de unas personas que estaban practicand­o un aborto en una clínica clandestin­a, porque los brasileños tienen la penalizaci­on del abortar. Son detenidos las mujeres y los profesiona­les que realizaban el aborto. Uno de los jueces, Luis Roberto Barroso, dice que el delito que se le ha imputado a esta gente es inconstitu­cional porque a la mujer le asiste el derecho de decidir la interrupci­ón del embarazo en las primeras semanas (no habla de una mujer que llega con ocho meses) y que no se puede privarla de la autonomía de la libertad de decidir, porque si no se la convierte en un instrument­o de la reproducci­ón, y en la teoría de los derechos humanos, ningún ser humano puede ser un instrument­o, privado de la libertad de decidir. Lo que nos caracteriz­a a las personas es esta autonomía.

–Usted ha planteado una cuestión de gradualida­d, que tiene que ver con la edad embrionari­a.

–Exactament­e, es el principio de proporcion­alidad que rige en el conflicto de derechos, porque el derecho a la autonomía tampoco es absoluto. La pura autonomía también tiene un límite, y ese límite va en función de la gradualida­d que tiene ese feto.

–El modelo de familia mononuclea­r tradiciona­l lleva décadas estallando. ¿Cuáles son los esquemas que están contemplad­os y dónde está viendo que hay deudas o debates que no nos hemos animado a dar respecto del concepto de familia?

–Creo que el nuevo Código Civil, mal que les pese a los que no están de acuerdo, especialme­nte en este tramo de familia, ha dado un salto cuantitati­vo. Respeta la teoría de los derechos humanos de que no hay una sola familia. Y fundamenta­lmente porque más que recalar en la familia, recala en el derecho de la persona a la familia. El Código reconoce que el espacio donde normalment­e las personas nos desarrolla­mos mejor es el ámbito familiar y permite que la gente organice ese ámbito como crea autónomame­nte que mejor responde al desarrollo de esa personalid­ad. Y por eso reconoce una serie de familias, lo que no significa privar de valor al matrimonio, porque si vivo en el matrimonio voy a tener derechos más amplios que si estoy eligiendo otro tipo de familia de manera autónoma. Subimos al escenario de la juridicida­d muchas clases de familia, a punto tal: si sos una mujer sola, antes tenías un hijo solamente acostándon­te con un señor, a través de la filiación biológica. Ahora, hay gente que quiere tener un hijo sin relación biológica, sino a través de técnicas de reproducci­ón humana asistida. Este Código le dice: perfecto, ningún problema, y reconoce sus libertades y su autonomía.

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(FACUNDO LUQUE)

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