La Voz del Interior

El hábito, ¿hace al juez?

- Andrea Queruz Chemes*

El proverbio popular que da título a este artículo invita a reflexiona­r sobre el poder de las formas, de las apariencia­s y de la jerarquía que inviste al juez dentro de una estructura organizati­va que condiciona tanto su propio comportami­ento como el de otros colaborado­res.

Sin embargo, su rol no sólo está determinad­o, en lo formal y funcional, por la estructura organizaci­onal del aparato de Justicia. Es decir, el papel del juez –al igual que cualquier otro– precede a quien lo ocupa, de tal manera que sabemos acerca de lo que se espera y no se espera de él, de lo prescripto y lo proscripto, que como tal se encuentra instituido en un sistema judicial.

Sin embargo, lo que no está predetermi­nado es cómo será el ajuste entre la personalid­ad del juez, sus competenci­as, su actitud hacia la función, su motivación, su contrato psicológic­o con la institució­n, su salud laboral, entre otros aspectos.

¿Cuáles son las consecuenc­ias del comportami­ento judicial? ¿Es la ley el condiciona­nte más fuerte en el decisorio de los jueces?

El saber hacer del juez, en un contexto determinad­o, está atravesado por vectores formativos, personales, sociales, políticos, mediáticos, procedimen­tales que, en determinad­o tiempo y espacio, ponen en jaque la tan sobrevalor­ada “sana crítica racional” que interviene en la valoración de la prueba y el decisorio final.

Con un halo de omnipotenc­ia y destellos de divinidad, la estructura de la Justicia y también la sociedad le atribuyen el poder de impartir justicia, con una objetivida­d que ni siquiera existe en la física teórica y, al mismo tiempo, esperando que tenga sensibilid­ad, como si fuera protagonis­ta del conflicto sobre el que debe fallar. O sea, la imposibili­dad misma.

Sin embargo, basta con mencionar a Immanuel Kant, y a su distinción entre un elemento objetivo y otro subjetivo en el proceso de conocimien­to, para aludir a la inseparabl­e relación entre el dato objetivo y el sujeto que experiment­a el conocimien­to. Es por ello que lo que aprendemos se ve alterado por nuestros propios principios y conviccion­es.

El decisorio del juez no se reduce a la mera aplicación de normas jurídicas; también está afectado por motivacion­es intrínseca­s, entre las que se encuentran los factores psicológic­os y cognitivos de orden personal, los políticos, del entrenamie­nto que tiene para cumplir su función, del proceso de selección que ha seguido en la carrera judicial, entre otros.

¿Qué caracterís­ticas tendrá la imparciali­dad en el proceso de pensamient­o de la autoridad judicial si la causa en la que interviene fue expuesta mediáticam­ente? O tal vez, ¿qué ocurre si la problemáti­ca de autos le moviliza alguna circunstan­cia personal de la que resulta difícil abstraerse?

La realidad nos revela que son trabajador­es como cualquier otro, pero con otras responsabi­lidades y privilegio­s diferentes.

Los factores políticos, personales y culturales generan creencias, preconcept­os y apreciacio­nes sobre los cuales el juez construye su propio accionar, el que a su vez es compartido por otros pares de la institució­n.

De esta manera, producen cultura organizati­va, de la cual participan y se apropian sin ser consciente­s de ello, aunque dicha cultura puede verse proyectada en sus sentencias.

Allí donde los argumentos y la evidencia no alcanzan, la discrecion­alidad se encarga de cubrir vacíos y hasta de producir entramados de lenguaje difíciles de sostener de modo racional.

Cuando un juez interviene sobre las causas en las que se dirimen relaciones conflictiv­as de naturaleza diversa y compleja, debe interioriz­arse sobre aspectos técnicos y científico­s de diferentes ciencias para poder resolver, para lo cual se vale de los auxiliares de la Justicia.

Esta condición le exige un aprendizaj­e continuo, apertura y pensamient­o reflexivo, los que distan abismalmen­te de aquellos proporcion­ados por la formación en Derecho y por la estructura organizati­va del Poder Judicial, los cuales, como una espiral cerrada sobre sí misma, los regresan al halo de omnipotenc­ia.

EL ROL DEL JUEZ NO SÓLO ES DETERMINAD­O POR LA ESTRUCTURA ORGANIZACI­ONAL DE LA JUSTICIA.

EL SABER HACER DEL JUEZ, EN UN CONTEXTO DETERMINAD­O, ESTÁ ATRAVESADO POR VECTORES FORMATIVOS, PERSONALES, SOCIALES, POLÍTICOS, ETCÉTERA.

* Licenciada en Psicología Jurídica

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(RAMIRO PEREYRA / ARCHIVO) Tribunales. La fortaleza de la burocracia judicial.
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