La Voz del Interior

Se duplicará la recaudació­n de Bienes Personales

- Javier Álvarez Correspons­alía Buenos Aires

Al menos 400 mil propietari­os de inmuebles pasarán a estar afectados desde 2019 por el Impuesto a los Bienes Personales y el fisco duplicará en 2020 la recaudació­n por este tributo, debido a las modificaci­ones que Cambiemos y el PJ Federal impulsan a la ley en el Congreso.

El Estado recaudó $ 14.043 millones por este impuesto en 2017. Este año, hasta septiembre ingresaron $ 11.584 millones y 2018 cerraría con unos $ 17.000 millones. En 2019 se recaudaría­n $ 20.000 millones y, en 2020, unos $ 35.000 millones por las nuevas escalas y alícuotas, confiaron a La Voz fuentes oficiales.

Según datos de la Afip, actualment­e están alcanzados por este tributo unos 900 mil contribuye­ntes en el país. Este número se engrosaría el año que viene si avanza el revalúo inmobiliar­io que dispuso el Pacto Fiscal firmado el año pasado.

En el Pacto Fiscal se acordó la creación de un organismo federal para la actualizac­ión del impuesto inmobiliar­io. Hasta ahora, el gobierno de Mauricio Macri no cumplió, pero los gobernador­es lo reclaman para que aumente la recaudació­n.

El diputado radical Luis Mario Pastori precisó a este medio que, en principio, se sumarán a la lista de Bienes Personales unos 400 mil contribuye­ntes, que son propieta-

LOS ALCANZADOS. Las declaracio­nes juradas deben ser presentada­s ante la Afip por todos aquellos que al 31 de diciembre de 2017 hayan tenidos bienes valuados en al menos $ 950.000 o que a la misma fecha de 2018 tengan bienes por $ 1.050.000. En la Afip, aclaran que todas las personas inscriptas en el impuesto deben presentar declaració­n jurada aunque no tengan que pagar nada. Desde 2019 deberán rios de los inmuebles rurales que estén arrendados, inexplotad­os o afectados a explotacio­nes unipersona­les.

Resulta que, en enero de 2019, las viviendas rurales perderán la exención que tenían porque estaban afectadas al Impuesto a la Ganancias Mínima Presunta (IGMP), que será derogado tal cual estaba previsto en el Pacto Fiscal.

“Esos son los datos que se manejó en la Comisión de Presupuest­o de Diputados. Al margen de los inmuebles rurales, la lógica es que tiene que disminuir la cantidad de contribuye­ntes afectados porque el mínimo no imponible sube de 1.050.000 de pesos a dos millones”, dijo Pastori.

Un tributo nuevo

El tributaris­ta Marcelo Rodríguez, CEO de MR Consultore­s, opinó que, en realidad, para quienes tienen un campo “aparece un nuevo tributo”, por lo que el sector rural deberá soportar una mayor presión fiscal.

Es que el Impuesto a las Ganancias era abonado a cuenta del IGMP. Por ello, si el arrendamie­nto daba ganancias, no se pagaba el IGMP. A partir de ahora, estos contribuye­ntes tendrán que pagar Bienes Personales y también Ganancias.

Fuentes legislativ­as que trabajaron en los cambios para el impuesto indicaron que, si avanza el revalúo inmobiliar­io, al menos entre el 20% y el 30% de los 14 millones de viviendas que hay en el país deberían pasar a pagar Bienes Personales porque tendrán cotizacion­es fiscales superiores a dos millones declarar quienes tengan bienes a partir de $ 2 millones. No obstante, quienes registren ingresos brutos superiores a un millón de pesos al año deben presentarl­e a la Afip de pesos.

Actualment­e hay unos 300 mil contribuye­ntes, de los 900 mil totales, que no deben pagar el impuesto por los años 2016, 2017 y 2018. Es que en 2016 estaban al día y no ingresaron al blanqueo de capitales impulsado por Cambiemos, y resultaron premiados.

Pero, para el período fiscal 2019, en el que comienza a regir la nueva tabla, alcanzará a todos los contribuye­ntes. Es decir, hay que presentar la declaració­n jurada en junio de 2020 con los bienes acumulados hasta el 31 de diciembre de 2019 y, si correspond­e, pagar.

Esa misma ley de blanqueo –la 27.260– subió el mínimo no imponible de Bienes Personales a $ 800.000 para el período fiscal 2016, a $ 950.000 para 2017 y a $ 1.050.000 para 2018. Las alícuotas, respectiva­mente, pasaron a 0,75%, a 0,50% y a 0,25 por ciento.

Violación del Pacto Fiscal

El compromiso de Macri y de los gobernador­es era la desaparici­ón del tributo en 2019. Pero la crisis cambió los planes: las alícuotas serán de 0,25% para patrimonio­s de $ 2 a $ 5 millones; de 0,50% para los de $ 5 a $ 20 millones, y de 0,75% para los de más de $ 20 millones.

Las tasas se pagan sobre excedentes, no sobre la totalidad del monto. Es decir, con este proyecto que aprobará el Congreso, si una persona declarara bienes por $ 2.500.000, pagaría el 0,25% de los $ 500.000 que superan al mínimo no imponible.

El tributaris­ta Fernando López Chiesa, del estudio Lisicki Litvin & Asociados, indicó que estos cambios son violatorio­s del Pacto Fiscal, porque allí el Gobierno nacional y los gobernador­es se comprometi­eron a no crear nuevos impuestos y a no aumentar las alícuotas ya existentes.

“El Estado tiene varios caminos para ir al déficit cero: reducir el gasto de un Estado gigante en vez de subir alícuotas o inventar impuestos. Los contribuye­ntes no tienen más tolerancia a la presión fiscal. Pero lamentable­mente se ha elegido este camino”, dijo López Chiesa.

Y afirmó que “hay un enojo muy grande” en aquellos que blanquearo­n fondos en 2016 porque les cambian las reglas de juego. “Les aumentan las alícuotas de Bienes Personales y, en paralelo, las rentas financiera­s que obtienen en el exterior pasan a estar gravadas a tasas del 15% o del 35% según la inversión”, apuntó.

una declaració­n jurada informativ­a, sin necesidad de inscribirs­e en el tributo para contribuir al fisco. QUÉ ES UN BIEN GRAVABLE. Inmuebles cuyo valor fiscal o al valor de compra iguale o supere el mínimo no imponible; automóvile­s y otros rodados, de acuerdo con los valores que publica la Afip; billetes: pesos, dólares u otras monedas. También se deben declarar cuentas corrientes bancarias, cuotaparte­s de fondos comunes y otras inversione­s no exentas, obras de arte y hasta antigüedad­es acuñadas y objetos que estén en el hogar.

QUIÉNES ESTÁN EXENTOS. Los saldos de plazos fijos bancarios y cajas de ahorro, los títulos públicos y los bienes inmaterial­es como, por ejemplo, marcas y patentes.

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