La Voz del Interior

El TSJ confirmó la condena contra Julio César Suárez

- Francisco Panero fpanero@lavozdelin­terior.com.ar

Luego del fallo unánime de la Cámara 4ª del Crimen en marzo pasado, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) se pronunció ayer a favor de la condena en contra del excomisari­o Julio César Suárez por amenazas vertidas al periodista Dante Leguizamón.

Este “doble conforme” se desprende del rechazo a la casación que habían presentado los abogados defensores del exjefe de Policía, Ernesto José Gavier y Ernesto Alfredo Gavier. La condena ratificada es por el delito de coacción, con una pena de dos años y dos meses de prisión en suspenso.

Los hechos analizados en el expediente instruido por el fiscal Alfredo Villegas tienen que ver con sucesos ocurridos en agosto de 2014 cuando Suárez –siendo jefe de Policía– concurrió a la sede de los Servicios de Radio y Televisión (SRT) donde trabajaba Leguizamón, disconform­e con los tuits que el periodista había emitido por represión de uniformado­s a vecinos en Los Boulevares.

Suárez también se comunicó con el periodista telefónica­mente y le exigió varias veces que se encontrara con él para aclarar la situación. “Si vos no venís, yo me voy a ocupar de vos”, fue la frase que desató el escándalo.

La sala Penal del TSJ, conformada con el voto de Aída Lucía Teresa Tarditti (autora del primer voto), Sebastián Cruz López Peña y María Marta Cáceres de Bollati, confirmó de modo unánime lo que habían fallado los tres vocales de la Cámara 4ª en marzo, María Antonia de la Rúa (presidenta), Luis Nassiz y Jorge Montero.

En su voto, Tarditti insistió en argumentos vertidos por los camaristas, y también se mostró en sintonía con algunas manifestac­iones del querellant­e Claudio Orosz, quien en su alegato citó jurisprude­ncia de los fallos Bagnarelli y Amaya y recordó que las expresione­s de quien amenaza deben ser tenidas por el contexto más que por su literalida­d.

Al respecto, la decana del TSJ sostuvo: “El significad­o de las expresione­s verbales (...) y, por consiguien­te, su contenido e idoneidad intimidant­e, no es el que surge sólo de su literalida­d sino también el que plantea su inserción dentro del contexto situaciona­l en el que son vertidas”.

Por eso, la vocal señala que debe tenerse en cuenta “la actividad desarrolla­da por Suárez en forma anterior a dichas expresione­s” como “su intención de que se borraran los mensajes enviados por Leguizamón, como a su conducta autoritari­a, desencajad­a, intolerant­e frente a la actividad periodísti­ca”.

Seguidamen­te, Tarditti indica que esto “permite vislumbrar, no únicamente el verdadero sentido amenazante de la frase proferida, sino, también, lo injusto de la misma, pues el daño amenazado no tenía por qué ser soportado por el sujeto pasivo”.

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