La Voz del Interior

“Se podría prohibir ir a jugar al fútbol al incumplido­r de la cuota alimentari­a”

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La abogada Karina Narda es fanática de Talleres. “Soy socia desde que tengo 12 años; voy a la cancha siempre, y no negocio ir a ver a la ‘T’, ¡me encanta ir a la cancha!”, dice. Aun así, no le tembló la voz cuando le pidió al juez Gabriel Tavip que le prohibiera a otro ir a ver a Talleres a la cancha, con lo que le quitaba un hincha al equipo de sus amores.

Es el artículo 553 del nuevo Código Civil el que le permite al juez “imponer medidas razonables” tendientes a hacer cumplir a los progenitor­es sus obligacion­es de alimentos. Esas medidas pueden ser propuestas por las distintas partes del juicio, y adoptadas por el juez. Así, abogadas y abogados que litigan en Tribunales de Familia analizan cómo llamar la atención de los “morosos alimentari­os”.

Y así fue como a Narda se le ocurrió solicitar contra el padre incumplido­r D. A. G. (34 años) las tres medidas que el juez convalidó: quitarle el carné de conducir y prohibirle la entrada a la cancha y a los bailes.

Cuenta la abogada Narda: “Conociendo que había fallos respecto de la quita del carné a padres incumplido­res, dije ‘vamos a probar con los gustos de este papá’. Hay papás a los que si se les prohíbe ir a un baile, no les va ni les viene. Pero hay otros que esperan el fin de semana sólo para ir al baile. Un cliente me dijo: ‘Doctora, no me va a dejar sin el fútbol de los sábados’. Y sin querer me dio otra idea: hay padres que participan de ligas y para los que el fútbol de los sábados es sagrado”.

Y agrega: “El criterio es avanzar sobre las actividade­s de estos papás que generan un gasto de dinero que no está orientado hacia lo que debería ser, porque los niños no piden venir ni pasar por esto”.

En este caso, la judicializ­ación de la cuota alimentari­a no fue motorizada por la madre de la nena: él reclama el cuidado personal (tenencia) completo de la niña, al manifestar que él tenía una mejor posición económica para mantenerla. En ese marco, se impuso la cuota alimentari­a, que fue incumplida de manera sistemátic­a.

Respecto de las tres sanciones impuestas al padre incumplido­r D. A. G., el juez le asignó a la madre de la niña que reclama la cuota la misión de notificar al juzgado los días y lugares en los que actuarán Sabroso y Damián Córdoba. El fallo menciona a ambas bandas, pero advierte que a futuro la prohibició­n podría extenderse a otras similares.

No está claro cómo se concretarí­a la prohibició­n a asistir a los bailes para este papá. Tuta García, mánager de Sabroso, confirmó que no fue notificado de la medida judicial. Aunque prefirió no opinar, aclaró que el derecho de admisión es de la sala donde la banda se presenta.

Distinta es la situación de ingreso a la cancha, donde la aplicación del programa Tribuna Segura permitirá identifica­r al hombre. Lo mismo ocurre con la retención del carné de conductor que emite la Municipali­dad.

¿Por qué le impiden manejar un auto? Porque lo puso a nombre de su actual pareja para evadir el pago de la cuota alimentari­a, se desprende del fallo.

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(LA VOZ/ARCHIVO) Hincha. Si el fallo queda firme, el padre incumplido­r no podrá ir a ver a Talleres.

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