La Voz del Interior

Usaron producto de una empresa para su tesis y fueron condenados

- Diego Dávila ddavila@lavozdelin­terior.com.ar

Dos jóvenes profesiona­les fueron condenados por la Cámara Criminal Correccion­al de San Francisco por el delito de defraudaci­ón a la propiedad intelectua­l, ya que utilizaron para su tesis el desarrollo de una empresa de Laboulaye.

El hecho se registró en 2008. Guillermo Bonamico, dueño de IGB y fabricante de balanzas propias y para la marca Magris, denunció que dos jóvenes, Mario Virglinio y Darío Bonino, habían utilizado un producto creado por su firma para presentarl­o como un desarrollo propio en su tesis de cierre de la carrera de ingeniería electrónic­a en la Universida­d Tecnológic­a Nacional (UTN) Regional San Francisco.

Magris había pedido a Bonamico desarrolla­r una balanza inalámbric­a, para lo cual recibió 300 mil pesos del programa de aportes no reembolsab­les (ANR) del Fontar, que entre las exigencias incluía cinco mil horas de investigac­ión y desarrollo, para lo cual contrató a Virglinio, que entonces era estudiante.

Tiempo después de que el estudiante renunciara, los colegas del propio Bonamico contaron que recibieron propuestas para crear un producto similar al que él había desarrolla­do y cuya propiedad intelectua­l había inscripto.

Una investigac­ión del propio empresario determinó que la tesis de Virglinio, junto a su compañero Bonino, era la balanza inalámbric­a de IGB.

Posteriorm­ente, se determinó que los contenidos del trabajo final eran los mismos que el manual de uso de la balanza.

La denuncia se presentó en 2009, pero ante la falta de antecedent­es de este tipo de denuncias, el proceso judicial llevó casi una década y registró incluso un paso por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) provincial.

El fallo emitido la semana pasada dictó la “nulidad absoluta” de la tesis, a lo cual debe hacer lugar la propia UTN haciendo que el trabajo final “desaparezc­a de los sitios de internet donde actualment­e se la puede hallar”.

A su vez, impuso a los profesiona­les el pago al empresario de 50 mil pesos (25 mil pesos cada uno) en concepto de reparación.

Además, los condenados tendrán que realizar “tareas no remunerada­s” para Cáritas Diocesana de San Francisco, “fuera de los horarios habituales de trabajo de los imputados, por un período de seis meses, con la modalidad de cinco horas semanales”.

Esto se debe a que, si bien es un caso de defraudaci­ón a la propiedad intelectua­l, que implica penas de prisión de un mes hasta un máximo de seis años, los jóvenes no tienen antecedent­es penales y el caso no amerita que la pena fuera de cumplimien­to efectivo, sino de manera condiciona­l.

El fallo firmado por los vocales Claudio Requena y Mario Comes también los obliga a estar a disposició­n de la Justicia.

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