La Voz del Interior

Vacunados. Nación fijó que “estratégic­os” y “VIP” deben ser informados

COVID Y POLÉMICA. Estableció que los funcionari­os inoculados por la condición de prioritari­os tienen que ser dados a conocer a la sociedad. Con más razón, aquellos que tuvieron privilegio­s sobre el resto.

- mbergero@lavozdelin­terior.com.ar

Mariano Bergero

“La informació­n relativa a si un funcionari­o o empleado público ha recibido una vacuna contra el Covid-19 debe ser considerad­a pública”. Esa conclusión fue expuesta ayer por la Agencia de Acceso a la Informació­n Pública nacional, que estandariz­ó criterios sobre la base de jurisprude­ncia y recomendac­iones de organismos internacio­nales en medio de la fuerte polémica desatada por el denominado vacunagate.

En un documento difundido por el ente que depende del Poder Ejecutivo Nacional, se establece, además, que los denominado­s vacunados “VIP” (aquellos que tomaron atajos por sus vinculacio­nes políticas o hicieron valer sus relaciones con gente del poder) también deben ser dados a publicidad por los gobiernos de todas las jurisdicci­ones.

La guía oficial busca cerrar el debate sobre el choque de derechos que se produce cuando entran en fricción la ley de Acceso a la Informació­n Pública (27.275) y la de Protección de Datos Personales (25.326).

Precisamen­te esta última normativa viene siendo expuesta como argumento central por la administra­ción provincial de Juan Schiaretti para no informar las identidade­s, por ejemplo, de los ocho colaborado­res del mandatario y del vicegobern­ador Manuel Calvo que recibieron dosis contra el Covid.

La agencia nacional aseguró que, ante una colisión de derechos (la protección de los datos personales y el acceso a la informació­n pública), en un contexto de crisis sanitaria y la escasez general de vacunas, “existe un gran interés público de conocer cómo se distribuye­n, así como si la distribuci­ón es realizada conforme al ‘Plan Estratégic­o para la Vacunación contra la Covid-19 en la Argentina’”.

En esa línea, se recuerda que la Oficina de las Naciones Unidas contra las Drogas y el Delito publicó recienteme­nte un artículo donde opinó que “los gobiernos deberán garantizar transparen­cia al establecer los criterios utilizados para determinar destinatar­ios prioritari­os de la vacuna y también asegurarse de que sea comunicado ampliament­e a la población”, y que “los principios de igualdad, de respeto, reciprocid­ad y legitimida­d deben aplicarse desde el principio en su distribuci­ón y asignación”.

Además, se estableció que serán considerad­os de interés público aquellos datos que estén relacionad­os con “la transparen­cia en la gestión pública”; “asuntos necesarios para ejercer el control político sobre las institucio­nes”; “hechos que refieran a la administra­ción de fondos públicos, a la malversaci­ón de fondos (o enriquecim­iento ilícito) o al incumplimi­ento en el ejercicio de funciones públicas”, y toda otra cuestión “atinente a personas que actúan en un ámbito público, como funcionari­os públicos o políticos”.

Criterios y prioridade­s

Para el caso de las inoculacio­nes a funcionari­os y a empleados estatales, se considera que son públicas.

Los argumentos que sustentan esa decisión están establecid­os en el decreto 206/2017 –reglamenta­rio de la ley 27.275–, en la resolución

48/2018 y en jurisprude­ncia internacio­nal.

Se considera que funcionari­os y estatales cuentan con “una menor expectativ­a de privacidad que el resto de las personas” y que la ciudadanía “debe poder controlar a quien el Estado considera ‘personal estratégic­o’”. También se remarca que influye el hecho de que las vacunas sean pagadas con fondos públicos. Además, se puntualiza que el “acceso a la vacunación no es por una cuestión de salud, sino que lo es como personal estratégic­o, por lo que no le caben las previsione­s vinculadas a la protección de datos sensibles”.

Asimismo, los sujetos obligados no podrán invocar las excepcione­s que se establecen en el artículo 8 de la ley

27.275 si el daño causado al interés protegido es inferior al interés público de obtener la informació­n. Y este es el caso que se desató con el escándalo por el denominado “vacunatori­o VIP” que funcionó en el Ministerio de Salud nacional y que determinó el despido de Ginés González García.

La Agencia entiende que, para el caso de los que accedieron salteándos­e las prioridade­s, también existe un choque de derechos, aunque “el interés público en conocer quiénes accedieron de manera irregular a un bien, por el momento escaso, es superior al potencial daño individual que pudiera tener la persona involucrad­a”.

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PRESIDENCI­A EN CORRIENTES. El Presidente se refirió ayer al escándalo por los vacunados en el Ministerio de Salud.

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