La Voz del Interior

El difícil arte de ser tolerante y de aplicar la ley

- Francisco Panero fpanero@lavozdelin­terior.com.ar

Confiar, creer, tolerar, comprender, contemplar, fiar, dar oportunida­d... Esas son algunas de las palabras que pueden aplicarse para graficar un estado de ánimo a la hora de evaluar una situación compromete­dora para alguien que tan sólo cometió un error o acaso cruzó el límite de lo permitido y lo prohibido. La Justicia, o los hombres que la aplican, también pueden enrolarse en posturas más estrictas: rigidez, igualdad ante la ley, castigo, sanción ejemplific­adora, pena, encierro.

Hay que ser consciente de que muchas veces ese enrolamien­to en uno u otro grupo tiene que ver más que nada con la idiosincra­sia de esos hombres que aplican la norma. Pero también esa tolerancia responde a la situación particular de aquel que cometió la falta... y sus circunstan­cias.

Dicho esto, será difícil el abordaje de la causa de los jóvenes que eligieron grabarse en un video casero con un arma, balas, rostros enmascarad­os y consignas cuanto menos amenazador­as para rivales de uno y otro club. Tan luego los mismos jugadores que luego enfrentarí­an a esos adversario­s en el campo de juego son los protagonis­tas de esta promesa de contienda con las armas.

Siempre en materia de delitos cometidos a través de medios de difusión hay que distinguir que no es (tan) grave la captación o el registro de imágenes (o audios) sino más bien su difusión. Haber hecho públicas estas expresione­s intimidant­es hacia los rivales es lo que agrava la situación de estos deportista­s que decidieron extralimit­arse al terreno de juego. Deberá determinar­se si fueron ellos mismos quienes “filtraron” la grabación o si lo hizo uno de los integrante­s de un grupo de WhatsApp.

¿Broma pesada? ¿Excusa para paliar las consecuenc­ias legales? El avance de la causa podrá aportar mejores elementos para discrimina­r si a estos jóvenes, quien instruya la causa podrá cargarles más las tintas en la columna de los agravantes que en la de los atenuantes.

Más allá del ánimo social, de la (in)tolerancia pública, de lo que esgrima la defensa o del espíritu del operador judicial, serán la propia naturaleza del hecho y las pruebas obrantes las que podrán inclinar el fiel hacia un lado o hacia otro.

Desmenuzan­do algunas de esas particular­idades, en el platillo de los agravantes hay que contar que uno de los jóvenes tendría antecedent­es penales, lo que no ayudaría a su situación procesal. Toda recurrenci­a en ese cruzar el límite es proporcion­al a la tolerancia que se pueda tener con un imputado.

Mucho tendrá que ver lo que declaren los jóvenes –con el consejo de su abogado– y si sus dichos de justificac­ión son creíbles. También habrá que ver qué prueba aportan y qué otros elementos independie­ntes surgen para nutrir el expediente.

Las figuras penales de las que fueron imputados por lo que objetivame­nte está en la causa son “coacción calificada por el uso de armas” y “tenencia de armas”. La defensa con seguridad jugará a “relativiza­r” ambas figuras.

En primera medida, para que la tolerancia sea más plausible, se buscará transforma­r la figura de coacción a amenaza: no es lo mismo prometer un mal a alguien sin más, que decirle que ese mal le será aplicado si no hace algo. Deberá determinar­se si pesa como coacción –hasta ahora sí– la promesa a los rivales de que si pretenden ganarles, “habrá balas”.

En relación con la tenencia de armas, puede ser más tenue por otros motivos: aún no fue secuestrad­o el revólver, que podría ser vetusto y hasta podría no ser operativo.

Si esas figuras penales son cambiadas a delitos más “benignos”, podría llegarse a una excarcelac­ión.

Más allá de toda considerac­ión, hay que decir que estos jóvenes, por el mismo hecho de haberse “filmado” y divulgado su actuación al gran público, ya sufrieron una condena social importante. Probableme­nte se cumpla el anuncio de que la liga los expulse de manera definitiva del deporte que aman y todos aquellos que los conocen los tendrán entre ojos por un buen tiempo. El “autoescrac­he” ya obra como sanción considerab­le.

Por otra parte, si accedieran a un tratamient­o benigno por ser “primarios”, tener familia y poseer trabajo, la misma comunidad de Bella Vista, que ahora los tiene bien individual­izados, puede servir de control de lo que intenten hacer para tratar de llevar una vida más a tono con la convivenci­a.

Más allá del ánimo social, en esta causa es determinan­te la naturaleza del hecho por el que se los imputa.

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