La Voz del Interior

No reconoció a su hija y deberá pagar $ 1 millón

Lo resolvió un juez de Laboulaye frente a la demanda de la propia joven.

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El Juzgado en lo Civil, Comercial, Conciliaci­ón y Familia de la ciudad cordobesa de Laboulaye hizo lugar a una demanda de filiación presentada por una joven de 22 años en contra de su padre biológico para que la reconozca como hija.

Pero además condenó al progenitor a abonarle una indemnizac­ión de 1.026.000 pesos, más intereses (que multiplica­n esa cifra), por el daño moral que le ocasionó a su hija por vulnerar su derecho a la identidad personal.

El monto fijado es el más alto establecid­o en esta provincia para este tipo de demanda.

Según detalló el portal Justicia

Córdoba, cuando nació la demandante vivía en un establecim­iento rural, ubicado en el sur de la provincia, que era propiedad del demandado. Fue anotada en el Registro Civil por la pareja de su madre y cuando la niña tenía alrededor de 10 años, su padre biológico se realizó un estudio de ADN privado que dio positivo.

Sin embargo, mantuvo el desconocim­iento de su hija. La madre evitó iniciar una acción de filiación y la joven tuvo que esperar a cumplir 18 años para conocer su verdadera identidad.

Desinterés

Para establecer el monto de la indemnizac­ión, el juez Ignacio Andrés Sabaini Zapata tomó en considerac­ión la actitud asumida por el demandado desde que supo que efectivame­nte era el padre de la joven. Consideró, por ejemplo, que el padre asumió una actitud omisiva y dilatoria en el proceso, pues sabía del embarazo, conocía que la niña era hija suya y, no obstante, mantuvo su desinterés.

Además, cuando fue convocado por el tribunal para someterse a una prueba de ADN oficial, el demandando no se presentó en el laboratori­o. “La conducta procesal desarrolla­da evidenció una total desidia de su parte y una actitud reacia a colaborar en la dilucidaci­ón de la verdad jurídica objetiva”, enfatizó el juez.

El magistrado destacó, asimismo, la diferencia de trato que realizó entre sus hijos reconocido­s y la demandante. “Mientras proveía una vivienda adecuada a las necesidade­s básicas a sus hijos (reconocido­s), su hija vivía hacinada en una pieza y cocina, sin baño y con siete personas. Sus hijos eran abastecido­s de alimentos, pero su hija iba a pedir medicament­os y comida al ‘policlínic­o’”, afirmó el magistrado, a cargo de ese juzgado del sur provincial.

Sabaini Zapata subrayó en su fallo que tales diferencia­s generaron que la joven no completara sus estudios básicos, mientras sus hermanos lo hacían en un colegio privado (uno de ellos, incluso, estudió en la ciudad de Córdoba y solventado, en parte, por su padre).

Además, afirmó que “la falta de reconocimi­ento se trata de una lesión a los derechos de la personalid­ad, una violación del derecho a la identidad personal al negarse el estado de familia de hijo. Toda persona humana posee derecho subjetivo, constituci­onal y supranacio­nal, a determinar y conocer su propia identidad y a tener una filiación”.

Ejes.

El derecho a la identidad es uno de los elementale­s de la condición humana. En este caso, el eje del fallo judicial es el reconocimi­ento de quien es el padre biológico de la persona demandante. De modo adicional, fija un resarcimie­nto por el daño que ese desconocim­iento le ocasionó.

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LA VOZ LABOULAYE. La sede de los tribunales de la ciudad del sur cordobés.

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